miércoles, 13 de junio de 2018

OFICIO PARA ENTREGAR EL 18 DE JUNIO PARA IR A LA HUELGA


 “AÑO DEL DIALOGO Y LA RECONCILIACION NACIONAL”                           

Ate, 14 de junio del 2018

Oficio Nº 001-2018 – CL SUTEBASE …………………..

SEÑOR:

…………………………………………………………………………………………………

DIRECTOR DE LA I.E. Nº …………………”……………………………………….………”



Presente.-

Asunto: COMUNICAMOS ACATAMIENTO DE LA HUELGA NACIONAL INDEFINIDA 2018.

-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

          Tenemos el agrado de dirigirnos a usted para hacerle llegar nuestros respetuosos saludos a nombre del comité de lucha del sute base ……………………….., como gremio de docentes de este plantel para expresarle lo siguiente:

I.              EXPRESIÓN CONCRETA:

Que, estando los artículos 73 y 86 del Decreto Supremo Nº 010-2003-TR, T.U.O. de la ley de relaciones Colectivas de Trabajo y en cumplimiento del artículo 65 del Decreto Supremo N° 011-92-TR que aprueba el Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, comunico lo siguiente:


Que, el día lunes 18 de junio del presente año, desde las 00:00 horas, los agremiados  de toda la región de Lima Metropolitana, estarán acatando una Huelga Nacional Indefinida convocada por el Comité Nacional de Lucha de las Bases Regionales del SUTEP, fecha que fue acordada en la Asamblea Nacional de las Bases Regionales del SUTEP realizado el 26 de Mayo en la Ciudad de Lima y ratificado en reunión regional de delegados de base realizado en esta ciudad el día martes 29 de Mayo; medida que asumirán todos los profesores nombrados y contratados y Auxiliares de Educación, de la región ante la falta de solución del pliego de reclamos nacional.

II.            PLIEGO DE RECLAMOS NACIONAL

1.    Defensa de la Educación Pública y Gratuita, contra la privatización de las Instituciones educativas a través de las APP, Obra por impuestos, JEC y racionalización. Incremento al 10% del PBI del presupuesto al sector.



2.    Derogatoria de la Ley General de Educación Nº 28044, Ley Nº 29944 de la Reforma Magisterial y su Modificatoria Nº 30541. Rechazo a las punitivas evaluaciones de desempeño laboral que busca el despido masivo de maestros. Reposición de maestros despedidos y reincorporación de directores destituidos de su cargo.



3.    Derogatoria de la Ley Nº 30328, aumento de sueldos y salarios para maestros contratados, equivalente a una UIT. Nombramiento con estabilidad laboral reconociendo sus años de servicio.



4.    Aumento real de sueldos pensionables equivalente a una UIT. Incremento de pensiones para maestros cesantes y jubilados.



5.    Pago de la deuda social sin necesidad de judicializarla.



6.    Homologación del pago por encargatura de dirección y cargos jerárquicos equivalente a los directores designados.



7.    Cambio curricular orientado al desarrollo científico, tecnológico, económico, social y cultural del país, con la participación de la comunidad educativa, garantizando la alimentación de todos los estudiantes en todos los niveles.



8.    Otros pendientes de resolver.



III.           SUSTENTACIÓN DE LA MEDIDA DE LUCHA



PRIMERO.- Que, la Huelga Nacional Indefinida que acatará este gremio está amparada en el artículo 28 de la Constitución Política y el Convenio N° 87 de la OIT. Asimismo considerando que el Decreto Supremo Nº 010-2003-TR que aprueba el T.U.O. de la ley de relaciones Colectivas de Trabajo, es aplicable a este caso por cuanto en su artículo 86 señala expresamente lo siguiente: La huelga de los trabajadores sujetos al régimen laboral público, se sujetará a las normas contenidas en el presente Título en cuanto le sean aplicables. (…)”.

SEGUNDO.- Que, el artículo 73 del DECRETO SUPREMO Nº 010-2003-TR, T.U.O. de la ley de Relaciones Colectivas de Trabajo señala como requisitos para la declaración de Huelga, que éste tenga por objeto la defensa de los derechos e intereses socioeconómicos o profesionales de los trabajadores y que la decisión sea adoptada en la forma que expresamente determinen los estatutos y que en todo caso representen la voluntad mayoritaria de los trabajadores comprendidos en su ámbito. Lo que efectivamente es el caso, tal como se advierte del Pliego de reclamos mencionado en líneas precedentes; asimismo la decisión ha sido tomado de manera unánime por los 25 delegados regionales asistentes a la Convención Nacional de las Bases Regionales del SUTEP que se realizó en la ciudad de Lima el 26 de mayo del presente año, decisión que fue ratificado por mayoría en Asamblea de delegados de base de Lima Metropolitana realizado el día 29 de mayo del presente año en esta ciudad; acogiéndose por tanto a los alcances del artículo 64 del Decreto Supremo Nº 011-92-TR, Reglamento de la Ley de relaciones colectivas de trabajo,  que indica  que “En los casos de huelga acordados por sindicatos de actividad o de gremio, cuya asamblea esté conformada por delegados, la decisión de llevar a cabo la paralización de labores quedará supeditada a su ratificación por las bases, la que deberá efectuarse cumpliendo con las formalidades previstas por el primer párrafo del inciso b) del Artículo 73 de la Ley y el Artículo 66 de este Reglamento.”.

TERCERO.- Que, el Ministerio de Educación no ha resuelto el pliego de reclamos nacional que este Comité Ejecutivo Regional del SUTE de Lima Metropolitana viene exigiendo en jornadas de lucha como es el paro del 5 de abril  de 2018;  cuyos documentos probatorios adjuntamos en los anexos. El día 15 de noviembre de 2017 se presentó a la sede central del Ministerio de Educación el pliego de reclamos sin respuesta hasta la fecha. Ante la falta de predisposición de parte del Ministerio de Educación y el Gobierno Nacional para resolver las justas demandas del magisterio, es que estamos asumiendo dicha medida de lucha.

En cumplimiento de tal normativa adjuntamos los documentos respectivos que obran en los anexos del presente escrito.



IV.          ANEXOS.

ANEXO 1.- Copia del Oficio Múltiple N°0020-2018/C.N.L.-BR SUTEP de fecha 26  de mayo de 2018 donde se decreta la Huelga Nacional Indefinida a partir de las 00.00 horas del 18 de junio de 2018.

ANEXO 2.- Copia Decreto Regional N°002-2018-CER SUTE LIMA.

ANEXO 3.- Copia Decreto SUTE IX SECTOR N° 001-2018 – CLU.

POR LO EXPUESTO:

Conforme a la normativa vigente cumplo con comunicar a su despacho el inicio de esta justa medida de lucha, los trabajadores que la acatarán y que la suscriben:



Ate,  12 de junio del 2018.



......................................................….                                   ……………………………………………





............................................................…                                   ……………………………………………





............................................................…                                   ……………………………………………





............................................................…                                   ……………………………………………







............................................................…                                   ……………………………………………







............................................................…                                   ……………………………………………





............................................................…                                   ……………………………………………





............................................................…                                   ……………………………………………





............................................................…                                   ……………………………………………





............................................................…                                   ……………………………………………





............................................................…                                   ……………………………………………





............................................................…                                   ……………………………………………





............................................................…                                   ……………………………………………

modelo de carta a los padres de familia


SR. PADRE DE FAMILIA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA INEI - 46

EL 18 DE JUNIO, miles de maestros y maestras del Perú hemos decidido hacer  uso  de nuestro derecho  a  la  HUELGA  consagrado  en  la  Constitución  Política Art. 28 y  los  Convenios Internacionales  de  OIT  ratificados por  el  Estado peruano. Con Legítimo derecho recurrimos a la acción huelguística para hacer sentir nuestra protesta e indignación por la desatención a nuestro Pliego Nacional   de Reclamos sintetizado en:
ü  DEFENSA DE LA ESCUELA PUBLICA Y GRATUITA, NO A LA PRIVATIZACIÓN VÍA APP
ü  AUMENTO DE REMUNERACIONES, (de acuerdo con la canasta básica) 
ü  PAGO EFECTIVO SIN JUICIO DEL  30%( por preparación de clase que nos adeuda el estado desde el 1991)  
ü  EL  10 % DEL PBI PARA EDUCACION (actualmente solo da 3 % del PBI)
Demandamos al   régimen del presidente Martín Vizcarra y a su ministro de educación el economista Daniel Alfaro (pupilo de los ex ministros desaforados Jaime Saavedra, Marilú Martens).
Solicitamos EL INICIO DEL TRATO DIRECTO CON LOS VERDADEROS DIRIGENTES NACIONALES DE LAS BASES REGIONALES presidida correctamente por el maestro de Cajamarca PEDRO CASTILLO TERRONES, Y LA SOLUCIÓN AL PLIEGO DE RECLAMOS.
Demandamos reclamar juntos, maestros y padres de familia, el incremento al 10 % del PBI para educación. El estado tiene el deber de asumir la educación pública gratuita y de calidad para nuestros hijos, y alimentos a los estudiantes de JEC (Jornada Escolar completa).









SR. PADRE DE FAMILIA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA INEI - 46



EL 18 DE JUNIO, miles de maestros   y   maestras del Perú hemos decidido hacer uso de nuestro derecho  a  la  HUELGA  consagrado  en  la  Constitución  Política Art. 28 y  los  Convenios Internacionales  de  OIT  ratificados por  el  Estado peruano. Con Legítimo derecho recurrimos a la acción huelguística para hacer sentir nuestra protesta e indignación por la desatención a nuestro Pliego Nacional   de Reclamos sintetizado en:

ü  DEFENSA DE LA ESCUELA PUBLICA Y GRATUITA, NO A LA PRIVATIZACIÓN VÍA APP

ü  AUMENTO DE REMUNERACIONES, (de acuerdo a la canasta básica) 

ü  PAGO EFECTIVO SIN JUICIO DEL  30%( por preparación de clase que nos adeuda el estado desde el 1991)  

ü  EL  10 % DEL PBI PARA EDUCACION (actualmente solo da 3 % del PBI)

Demandamos al   régimen del presidente Martín Vizcarra y a su ministro de educación el economista Daniel Alfaro (el pupilo de los ex ministros desaforados Jaime Saavedra, Marilú Martens).

Solicitamos EL INICIO DEL TRATO DIRECTO CON LOS VERDADEROS DIRIGENTES NACIONALES DE LAS BASES REGIONALES presidida correctamente por el maestro de Cajamarca PEDRO CASTILLO TERRONES, Y LA SOLUCIÓN AL PLIEGO DE RECLAMOS.
Demandamos reclamar juntos, maestros y padres de familia, el incremento al 10 % del PBI para educación. El estado tiene el deber de asumir la educación pública gratuita y de calidad para nuestros hijos, y alimentos a los estudiantes de JEC (Jornada Escolar completa).

miércoles, 6 de junio de 2018

COMUNICADO A LAS BASES DEL SUTE IX SECTOR
EN REUNION ULTIMO DEL DIA MARTES 05 DE JUNIO SE ACORDO LO SIGUIENTE:
ANTE LA INTRANSIGENCIA DEL GOBIERNO EN ATENDER A LOS MAESTROS EN SUS JUSTAS DEMANDAS  DE LOS MAESTROS DE LOS SUTES REGIONALES DEL DIA LUNES 04 DE JUNIO.
RATIFICAR LA FECHA DEL REINICIO DE NUESTRA HUELGA NACIONAL INDEFINIDA EL DIA  LUNES 18 DE JUNIO.
LAS TAREAS DE LOS SUTE BASES.
1.- REUNION DE LOS SUTE BASE, SACANDO EL ACTA DE HUELGA.
2.-PRESENTAR LA ACCION DE AMPARO SOBRE ART. 28 DE LA CONSTITUCION  POLITICA PERUANA( DERECHO A HUELGA )
3.-REUNION CON  LOS PP.FF. EXPLICANDO  LA RAZON DE NUESTRA HUELGA Y PIDIENDO SU APOYO INCONDICIONAL.
POR UNA EDUCACION PUBLICA GRATUITA Y DE CALIDAD.
POR EL PAGO DE LA DEUDA SOCIAL SIN JUDIACIALIZAR.
POR EL AUMENTO DE SUELDOS Y SALARIOS A LOS MAESTROS CESANTES Y JUBILADOS.



martes, 6 de febrero de 2018

ACUERDOS Y TAREAS DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE LAS BASES REGIONALES DEL SUTEP (FENATEP) 
El Encuentro Internacional de maestros de México, Bolivia, Chile y Perú y la Asamblea Nacional realizada en la ciudad de Lima los días 1, 2 y 3 de febrero del 2018 llegaron a los siguientes acuerdos y tareas:
1. Realizar las Asambleas Macro regionales el 24 de Marzo del 2018 para Impulsar el Reinicio de la Huelga Nacional Indefinida 2018 en las siguientes sedes:
a. MACRO NORTE EN LA CIUDAD DE CHICLAYO – LAMBAYEQUE
b. MACRO CENTRO EN LA CIUDAD DE HUAMANGA – AYACUCHO.
c. MACRO SUR EN LA CIUDAD DE TACNA – TACNA
d. MACRO ORIENTE EN LA CIUDAD DE TARAPOTO – SAN MARTIN
e. MACRO LIMA METROPOLITANA, CALLAO, LIMA PROVINCIAS E ICA EN LA CIUDAD DE LIMA.
2. Implementar el Paro Nacional de 24 horas del 5 de Abril del 2018.
3. Realizar la Asamblea Nacional de delegados de las Bases Regionales del SUTEP (FENATEP) en la ciudad de Lima el 14 de Abril del 2018. (En esta asamblea se estará fijando la fecha del REINICIO de nuestra Huelga Nacional Indefinida).
4. Continuar el proceso de Reconocimiento Legal en el Ministerio de Trabajo (ROSSP).
5. Intensificar la campaña de Desafiliación del CEN del SUTEP.
6. Intensificar el proceso de organización de todas las bases en cada Institución Educativa.
7. Rechazar la campaña represiva contra nuestros compañeros dirigentes nacionales y regionales: Pedro Castillo Terrones (Cajamarca), Edgar Tello Montes (Lima Metropolitana), Paul Gutiérrez Ticona (Apurimac), Branguil Mateo Blas (Junin), Cesar Tito Rojas (Puno), Germán Tacuri Valdivia (Ayacucho) entre otros.
8. Expresar nuestra solidaridad de clase con nuestros compañeros dirigentes nacionales y regionales Pedro Castillo Terrones (Cajamarca), Edgar Tello Montes (Lima Metropolitana), Paul Gutiérrez Ticona (Apurímac), Brangil Mateo Blas (Junín), Cesar Tito Rojas (Puno), Germán Tacuri Valdivia (Ayacucho) entre otros contra las represalias judiciales, penales y administrativas.
¡POR LA DEFENSA DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA Y GRATUITA!!!
¡POR LA DEROGATORIA DE LA INCONSTITUCIONAL LEY N°29944 Y SU MODIFICATORIA N° 30541, LEY DE DESPIDO MASIVO!!!
¡CONTRA LAS EVALUACIONES DE DESEMPEÑO DOCENTE QUE BUSCAN EL DESPIDO MASIVO DEL MAESTROS!!!
http://sutelimaperu.blogspot.com
Me gustaMostrar más reacciones
Comentar

miércoles, 13 de diciembre de 2017



SUTE IX SECTOR

MIÉRCOLES 13 DE DICIEMBRE
 PLANTÓN 
EN LA UGEL 06 
EXIGIR EL PAGO POR RECUPERACIÓN DE CLASES

HOY MIÉRCOLES  13 DE DICIEMBRE


PREPARANDO EL REINICIO

LA HUELGA EN  EL 2018

POR EL PAGO DE LA DEUDA SOCIAL

SIN JUDICIALIZAR


jueves, 16 de noviembre de 2017

DEPARTAMENTO LEGAL DE MAESTROS
 
LOS MAESTROS DEL PERÚ INICIAN LA EXPULSIÓN DEL INCONSTITUCIONAL D.U. N° 012-2017 PIDIENDO LA VERIFICACIÓN DE MÁS DE 10,000 FIRMAS ANTE EL J.N.E., POR CUANTO EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PPK HA VIOLADO NUESTROS DERECHOS FUNDAMENTALES Y LABORALES.

 
Verificado la valides de más de 5,000 firmas de adherentes por parte del J.N.E. y el RENIEC, los Maestros promoveremos los próximos días ante el Tribunal Constitucional el PROCESO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA EL DECRETO DE URGENCIA Nº 012-2017, y las que por conexión  también resulten inconstitucionales, al amparo de la Constitución Política del Perú; así como lo establecido en la Ley 28237, Código Procesal Constitucional y en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
 
Pretendemos la EXPULSIÓN del ordenamiento jurídico de este inconstitucional D.U., porque vulnera derechos fundamentales y laborales de todos los maestros del Perú, dando respuesta política contra el Estado peruano y su Gobierno de derecha mercantil de PPK, que se ha empecinado a pie juntillas a profundizar la flexibilización laboral y la explotación salvaje capitalista en contra del pueblo peruano y especialmente de los Maestros.
 
Aunque  el  Decreto  de  Urgencia  dice: “El presente  Decreto  de  Urgencia, tiene  por  objeto  dictar  medidas  extraordinarias que   debe  observar  el Gobierno Nacional y Los  Gobiernos  Regionales a  fin de  restablecer  la  prestación  del  servicio  educativo  en las  instituciones  educativas  publicas que impartan  Educación Básica”, en realidad no se   dictan  medidas  extraordinarias  ni  complementarias  de la  Ley,  si no que se modifican, derogan derechos  de libertad   sindical, huelga,  y  derechos  laborales,  consagrados de los  profesores  del   magisterio  nacional,   en  materia  laboral.
 
Así, si se deroga derechos laborales establecidos en Ley del Estado, ello sólo puede hacerse mediante ley del Congreso, debidamente formada y promulgada, y sin efectos retroactivos en virtud del mismo artículo en parte citada más abajo; nunca a través de Decretos, ni siquiera de urgencia, previstos sólo para materia económica y financiera, pues de otro modo se está abusando del derecho conferido al Presidente de la República en el numeral 19 del artículo 118° de la Misma Constitución. Y la Constitución no ampara el abuso del Derecho.
 
Por estas consideraciones, los maestros pedimos que se declare Fundada la Demanda, y en consecuencia, Declarar la inconstitucionalidad del Decreto de Urgencia Nº 012-2017, así como de las normas conexas en cuanto que presten soporte a las agresiones constitucionales denunciadas, expulsándolas pura y simplemente del Ordenamiento Jurídico desde que fueron emitidas.
                         Lima, 15 de Noviembre del 2017.

Junta Directiva Nacional

Dpto. Legal De Maestros.

Informes: Prof. María Atoche, celular 997701307.