
lunes, 23 de febrero de 2015
domingo, 22 de febrero de 2015
22 febrero 2015
ASAMBLEA NACIONAL DE LAS BASES DEL SUTEP, REUNIDOS EN LA CIUDAD DE LIMA DETERMINAN FECHA PARA EL INICIO DE LA HUELGA NACIONAL INDEFINIDA
Obedeciendo los estatutos, y estudiando las características de la actual coyuntura, por las justas reivindicaciones de los maestros en el Perú la asamblea nacional del 21 y 22 de Febrero del 2015 en la ciudad de lima determina el inicio de la H.N.I.
INICIO DE LA HUELGA NACIONAL INDEFINIDA
20 DE MAYO DEL 2015
Por tanto: La tarea de cada SUTE BASE a nivel nacional debe organizar a los maestros para garantizar el éxito de la H.N.I.
De la Huelga Nacional Indefinida Asistieron a la asamblea nacional delegados regionales de: Junín, Pasco, Huancavelica, Huánuco, Apurímac,
Lima Metropolitana
Lima Provincias
Ancash
Tumbes
Trujillo
Lambayeque
Amazonas
Cuzco
Arequipa
Ayacucho
Puno
Piura
La Libertad
Ucayali
Tacna
Moquegua
Madre De Dios
Cajamarca
VIVA LA HUELGA NACIONAL DE LAS BASES
¡HUELGA NACIONAL!
jueves, 19 de febrero de 2015
miércoles, 18 de febrero de 2015
ES EL MOMENTO DE PRONUNCIARSE LOS SUTES BASES PARA TRATAR EL ASUNTO DEL SINDICATO COMO UN ORGANO DE DEFENSA ANTE LOS ATROPELLOS QUE EL ESTADO VIENE HACIENDO...
"Por una línea sindical clasista"
SUTE BASE INEI - 46
SITUACION EDUCATIVA
El Estado peruano a
través de su gobierno viene
profundizando la política neoliberal en nuestro país para beneficio de un
puñado de capitalistas, principalmente extranjeros, a costa de la miseria y
pobreza de las cuatro quintas partes de la población peruana. Se continúa con
el proceso económico iniciado por Fujimori para garantizar alta
rentabilidad a los inversionistas extranjeros, implementando una serie de leyes
y normas de reforma que niegan derechos reconocidos por cualquier Estado
democrático y que cuestionan normas internacionales. Así, tener en cuanta en el
magisterio la Ley de Reforma Magisterial, N°29944, 29988 y conexas, que con el
objeto de reducir el aparato estatal, restringen la organización sindical y
generan condiciones para privatizar, ahora a
través de las Asociaciones Público Privados (APP).Son una modalidad de
participación de la inversión privada, bajo el marco de la política pública,
que permite el diseño e implementación de proyectos de largo plazo (20 o 30
años), dirigidos a mejores la provisión de infraestructura pública con alta
rentabilidad social y con un enfoque por resultados. En la Ugel 06 se encuentran 16 instituciones educativas que
serán privatizadas bajo esta modalidad: 1226,
Edelmira del Pando, 1248 5 de abril, Telesforo Catacora, 0025 San Martin de
Porres, 1228 Leoncio Prado, 1143 Domingo Faustino Sarmiento, 1209 Mariscal Toribio
Luzuriaga, 1135, 1199 Mariscal
Ramón Castilla, 1235 Unión Latinoamericana, 1220 Beato José Marello, 1140
Aurelio Miro Quesada Sosa, 1267, 0027 San Antonio de Jicamarca, 107 Daniel
Alcides Carrión García. ¿QUÉ DICEN ESTOS “DIRIGENTES APRO – CHAKANISTAS”?
SITUACION DEL C.E.S. SUTE IX SECTOR
En nuestro Sector se viene observando el
total abandono a los maestros por parte de su secretario general Richar Cabrera Ventura, a más de 16 meses de haber juramentado, no ha sido capaz de convocar a una Asamblea
de Secretario Generales, más bien es cómplice con su silencio ante los
atropellos, que vienen teniendo los
maestros (Directores, auxiliares, maestros interinos, maestros de 65 años,
maestros contratados, pago por preparación de clase y refrigerio y movilidad,
sepelio y luto, etc). Este “triste Cosito” cree que el sindicato es su feudo donde hace lo que quiere,
reluciendo su inoperancia e incapacidad para dirigir un movimiento tan
combativo como es el Sute IX Sector. Solo está empeñado a recibir los fondos de Sub - Cafae a través de sus
delegados, que hasta el momento no han rendido ningún balance sus diversas
“Comisiones” y siendo él quien da el mal ejemplo al no rendir su balance siendo
delegado en Sub - Cafae, en 2014.
Este
“novel chakano Richar Cabrera”,
viene siendo asesorado por un “inexperto
jurisconsulto” fracasado como director encargado, y con nota desaprobatoria, en diferentes I.E. Hoy presidiendo la
comisión de capacitación 2015 viene saqueando
la deteriorada economía de los maestros al cobrarle 25 soles, en “CAPACITACIONES
INTRASCENDENTES DE BAJO NIVEL ACADÉMICO” y
no viene cumpliendo con su promesa de darles a los participantes sus maletines,
y Certificados oportunamente. Sabiendo que todo esto es financiado por Sub Cafae, Derrama, esperando que publique su Balance
oportunamente, a las bases.
Le
hacemos recordar algunos artículos del Sutep, QUE LO DESCONOCEN PORQUE NUNCA,
LO LEEN.
.Artículo 26°.- El principio organizativo que rige la dirección y gobierno del
SUTE es el CENTRALISMO DEMOCRÁTICO,
que significa: Las decisiones y la autoridad emanan de las bases.
Artículo
36°.- La Convención es
un certamen funcional con objetivos específicos. Controla y coordina el trabajo
sindical. Tiene carácter deliberativo y resolutivo, y puede ser convocada por
cualquier circunstancia por el CES o la Asamblea de Secretarios Generales y Delegados.
Articulo40°.-“ El
Comité Ejecutivo Sectorial del IX, estará integrado por 18 cargos
en secretarias” Siendo un buen sector de
secretarios electos que renunciaronala
por la práctica que tiene de este
dirigente. ¿Cuantos secretarios electos tiene? SOLAMENTE LA ALIANZA APRO-CHACANISTA (5), ACOMPAÑADAS DE GEISHAS,
QUE NOS SON DIRIGENTES…Y LO PEOR TRABAJANDO
CON LOS ETERNOS TRAIDORES DEL MOVIMIENTO MAGISTERIAL QUE ESTAN ENQUISTADOS EL
CEN del SUTEP ( Patria Roja) POR MAS DE 40 AÑOS.
Ante
lo expuesto : Llamamos a las bases del Sute IX Sector a
pronunciarse y propiciar la Primera Asamblea de Secretarios
Generales, para luego constituir la primera Convención Sectorial, donde se debe
definir la ORGANIZACIÓN Y LA CONDUCCIÓN DEL SUTE IX SECTOR.
Ø
DEFENDAMOS
LOS DERECHOS ESTABLECIDOS EN LA LEY DEL PROFESORADO 24029.
Ø
SOLIDARIDAD
CON LOS DIRECTORES, AUXILIARES, MAESTROS INTERINOS, MAESTROS CONTRATADOS,
MAESTROS INJUSTAMENTE “DEPOSITADOS” EN LA UGEL 06.
Ø
NULIDAD
DE LA NEFASTA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL 29944, POR SER INCONSTITUCIONAL.
Ø
POR
UNA ASAMBLEA GENERAL DE SECRETARIOS GENERALES Y DELGADOS DEL SECTOR, Y POR LA GARANTIZACION DE LA
CONVENCION SECTORIAL.
Ø
PREPARAR
LA HUELGA NACIONAL INDEFINIDA (HNI) BASTA YA DE MALTRATOS A LOS MAESTROS.
Ø
NO
A LAS APP (Asociaciones Publicas Privadas) NO A LA PRIVATIZACION DE LA
EDUCACION.
Ø
PAGO
INMEDIATO DE 30 % DE PREPARACION DE CLASES Y POR REFRIGERIO Y MOVILIDAD,
SEPELIO Y LUTO.
Ø
DAR
RESPONSABILIDADES COMO DELEGADOS A SUB CAFAE A MAESTROS DE BASE, YA QUE
ESTOS “DIRIGENTES CLEPTOMANOS” NO OFRECEN NINGUNA GARANTIA NI MJUCHO MENOS HONESTIDAD…
COMITÉ EJECUTIVO DE BASE INEI 46
13 – 02 - 2015
ALERTAMOS A LOS DOCENTES INTERINOS Y DIRECTIVOS QUE NO SE SOMETIERON A LA ENJUICIADA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL:
Una acción legal es INICIAR UN PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO PIDIENDO NULIDAD DE LA RD DE CESE O DE REUBICACIÓN, para ello debe APELAR la RD en un plazo máximo de 15 días hábiles (No se cuenta los días sábados y domingos y feriados) al día siguiente de recepcionar dicha RD. En el caso específico de los interinos, se recomienda que la RD debe recogerlo en la DRE o UGEL luego de haber hecho su ACCIÓN DE AMPARO y pasado sus vacaciones y no en la dirección de la I.E. ya que posiblemente la RD este con fecha 31 de enero y un requisito para apelar es la constancia de recepción de la fecha de entrega de la RD que debe dárselo la DRE O UGEL y a partir de la fecha de recepción recién se cuenta los 15 días hábiles de plazo para apelar. Si lo recibe del Director posiblemente éste se niegue a darle la constancia de recepción de la fecha de recibido la RD. Por tanto, exígale al Director que devuelva la RD a la UGEL o DRE para que lo recoga, luego de haber hecho su ACCIÓN DE AMPARO, además usted no le ha dado una carta poder o autorización para que el Director tenga la RD y le entregue. NO SE DEJE SORPRENDER!!!
jueves, 12 de febrero de 2015
martes, 10 de febrero de 2015
lunes, 2 de febrero de 2015
CONSIDERANDO QUE ES MUY IMPORTANTE LA LUCHA LEGAL...PERO LO TRASCENDENTAL ES DESENMASCARAR A ESTE REGIMEN CORRUPTO DE OLLANTA HUMALA QUE PRETENDE APLICAR SU LEY DE REFORMA MAGISTERIAL 29944, DONDE CONCULCA DERECHOS ADQUIRIDOS EN NUESTRA LEY 24029...
JUNTA DE DEMANDANTES Y NO DEMANDANTES
JUEVES, 05 DE FEBRERO
EL DEPARTAMENTO LEGAL DE MAESTROS convoca a todos los maestros de Lima, Callao y provincias, titulares, interinos, cesantes, auxiliares y directivos, demandantes y no demandantes de la enjuiciada Ley de Reforma Magisterial.
LOCAL : Auditorio del Boulevar de Quilca.
DIRECCIÓN : Jr. quilca 263 - Cercado de Lima
(A cuadra y media de la Plaza San Martín).
HORA : 10.00 am.
ASAMBLEA REGIONAL
MARTES 10 DE FEBRERO
En estos últimos meses hay una ofensiva para implementar la Ley de Reforma Magisterial mediante las resoluciones 2074, 2076 y 2078 y otros. De algún modo debemos responder a estos ataques, por lo anterior, EL DEPARTAMENTO LEGAL DE MAESTROS hace la defensa tratando de ser oportunos. Este trabajo servirá para unir a los maestros y lograr EL FRENTE ÚNICO en el Callao y en todos los rincones del país para dar respuesta única y sólida para plantear finalmente la nulidad de esta ley nefasta.
Habiéndose llevado la asamblea convocada para el 19 y 26 de diciembre 2014 y 06, 13, 20 y 27 de enero 2015 en la I.E. Politécnico del Callao, nuevamente se acordó continuar las coordinaciones de lucha sobre las acciones legales y directas contra la implementación de la enjuiciada e inhumana Ley de Reforma Magisterial en el Callao.
Por esta razón seguimos convocamos a todos los docentes interinos, auxiliares, directivos y docentes titulares del Callao y de otras zonas a la Asamblea Regional a llevarse a cabo con el fin de explicarle las acciones de lucha administrativa y legal como las acciones de amparo, medida cautelar, statu quo, apelación de RD. de cese por 65 años, por ser interino o por cambio de directivo a profesor, apelación de RD de cambio de nivel a escala (degradación de nivel), 30%, 35%, Mov. y Ref., etc., así como las medidas de luchas en las calles o directas en la Región Callao y MINEDU.
HORA : 6.00 PM.
LUGAR : I.E. “POLITÉCNICO DEL CALLAO”
(AV. ELMER FAUCETT).
ACCIONES LEGALES DE LOS INTERINOS
Teniendo en cuenta la RSG-2078-2014-MINEDU, todo docente interino debe realizar un conjunto de acciones legales (también acciones directas) para defender sus derechos irrenunciables como el statu de NOMBRADO bajo el régimen laboral estable de la Ley del Profesorado ya que cumplió los requisitos para tener dicho statu a pesar que el MINEDU y su servil colaborador CEN SUTEP=PATRIA ROJA=sindicato del MINEDU pretenden desconocerlo a intentar aplicarla irretroactivamente la enjuiciada e inhumana LRM, colisionando con los Art. 26° y 103° de la constitución.
¿QUÉ DEBE HACER ANTE LA CONVOCATORIA DE EVALUACIÓN?
1. Si ya se inscribió, tiene todo el derecho de DESISTIR a la evaluación como el mismo MINEDU lo reconoce en el 5.6.1 de la RSG-2078-2014-MINEDU al expresar retiro voluntario. Además, no presente su renuncia anticipada.
2.- Presente su ACCIÓN DE AMPARO COLECTIVO sustentado en la Ley del Profesorado y soliciten su MEDIDA CAUTELAR para proteger su plaza (No caer en el patraña de convertirse en auxiliares, esperar la ampliación u otro examen, entre otras cosas).
Nota:
1) No dejar morir su amparo ya que si sale improcedente en el juzgado, se debe apelar en 03 días siguiente a la fecha de su notificación y si la sala declara improcedente o infundada, se debe interponer una agravio constitucional ante el tribunal constitucional en un plazo de 10 días siguiente a la notificación y si este lo declara improcedente o infundado, tiene el plazo de 06 meses para hacer la denuncia internacional ante la CIDH.
2) Tengan en cuenta que se hace la acción de amparo para no someterse a la LRM vía sus evaluaciones, más aun cuando la LRM (que si bien está referido a evaluación de desempeño, art 49) reconoce una causa justificada para no presentarse a sus convocatorias de evaluaciones.
3.- Presentar a la Dirección de la UGEL o DRE y a la Dirección de la I.E. un escrito simple de ACCIÓN DE GARANTÍA CONSTITUCIONAL donde comunica a estas autoridades que ha iniciado un proceso de amparo contra la aplicación de la LRM y normas conexas, por tanto debe RESPETAR PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE LA INDEPENDENCIA DE LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL del Poder Judicial contemplado en el Art. 139, inc. 2 de la Constitución Política y el Art. 4° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es decir debe tener presente que no puede aplicar la LRM, en tanto está de por medio un proceso de amparo por inaplicabilidad hasta que exista sentencia consentida y firme en última instancia nacional y hasta supranacional, de lo contrario cabe denunciarlos ante la fiscalía por ABUSO DE AUTORIDAD Y POR AVOCAMIENTO ILEGAL DE PROCESOS EN TRÁMITE establecido en el art. 376 y 410 del Código Penal.
3.- Soliciten su STATU QUO (Estate quieto) al Presidente Regional de su jurisdicción por la inaplicabilidad de la LRM y de la evaluación de interinos y organícense para realizar medidas de lucha directa exigiendo a los gobiernos regionales emitan RD de Statu quo de la aplicabilidad de la LRM y la RSG-2078-2014-MINEDU.
Nota: Si la región no se pronuncia en un máximo de 30 días hábiles de haberlo solicitado, pueden aplicar el silencio administrativo negativo y apelar para luego llevarlo iniciar un proceso contencioso administrativo.
¿QUÉ DEBE HACER SI EL 31 DE ENERO O DÍAS POSTERIORES LE ENTREGAN SU RD DE CESE POR INTERINO?
Conforme la RSG-2078-2014-MINEDU, la convocatoria a la evaluación es para los que acreditan haber obtenido título pedagógico o licenciatura, y ¿Si no acredito? o ¿No me inscribo? El 31 de enero o días posteriores deberían entregarle la RD de cese. Ante esto debe hacer lo siguiente:
1.- APELAR LA RD DE CESE en el plazo de 15 días hábiles luego de la fecha de notificación o entrega. Pasado a la instancia administrativa superior, ésta tiene un máximo de 30 días hábiles para emitir una RD y si pasado el plazo legal no lo hace, aplique silencio administrativo negativo y puede iniciar un proceso contencioso administrativo en un plazo máximo de tres meses.
Y Si le entregan la RD, seguro improcedente o infundado?
También tiene un plazo máximo de 3 meses a partir de la notificación o fecha de entrega para iniciar un PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO=JUICIO por ser cesado bajo otro régimen laboral flexible, régimen que Ud. no pertenece ya que se nombró bajo el régimen laboral estable de la Ley del Profesorado.
Nota: Para esto, ya debe haber interpuesto una acción de amparo y solicitado la medida cautelar y statu quo. Es importante que ya haga su amparo, el tiempo es su peor enemigo igual que el MINEDU, DREs y UGELes y su SINDICATO, el CEN=SUTEP=Patria roja y sus serviles en el Callao.
2.- ADJUNTAR a su expediente de amparo la COPIA DE LA APELACIÓN y EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO contra la RD de cese.
3.- DENUNCIAR AL DIRECTOR DE LA DRE O UGEL POR ABUSO DE AUTORIDAD y AVOCAMIENTO ILEGAL DE PORCESOS EN TRÁMITE al haberse atrevido a CESARLO violentando el Art. 139, inc. 2 de la Constitución Política y el Art. 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es decir mientras esta en juicio ninguna autoridad puede interrumpir un proceso judicial en trámite mediante la RD de CESE. Y si la fiscalía rechaza su denuncia, apele a la fiscalía superior y si esta también lo rechaza, denuncie a la fiscalía. Es decir, no deje de luchar.
¿Y SI EL 01 DE MARZO NO LO DEJAN ENTRAR O FIRMAR EN EL COLEGIO O SU PLAZA ESTÁ OCUPADA?
1.- HAGAN LA DENUNCIA POLICIAL por este hecho y DENUNCIEN PENALMENTE AL DIRECTOR de la II.EE. por abuso de autoridad y avocamiento ilegal de procesos en trámite al aplicarle la enjuiciada e inhumana Ley de Reforma Magisterial a pesar de estar judicializado su plaza. HASTA ESA FECHA ES IMPORTANTE QUE LOS INTERINOS ESTÉN BIEN ORGANIZADOS PARA HACER LA LUCHA DIRECTA.
Finalmente,
¿SI ME INSCRIBO Y NO APRUEBO LA EVALUACIÓN O NO REÚNO LOS REQUISITOS SEGÚN LA RSG-2078-2014-MINEDU?
EL 31 DE MAYO LE ENTREGARÁN SU RD DE CESE y como no se defendió y se sometió a las reglas de juego de la enjuiciada, inhumana y autoaplicativa de Ley de Reforma Magisterial, es retirado definitivamente del magisterio sin los beneficios de la Ley del Profesorado como le ocurrió a aquellos trabajadores de la década del 90 que creyendo en la trampa de la evaluación de la farsa meritocracia o en los incentivos fueron despedidos para siempre y ahora no pueden luchar por su REPOSICIÓN, algo que si están logrando aquellos que no se sometieron a los chantajes del gobierno de turno de los 90 y ahora cada vez hay más trabajadores REPUESTOS.
ALERTAMOS A LOS INTERINOS Y DIRECTIVOS QUE MIENTRAS NO LES ENTREGUEN OFICIALMENTE LA RD DE CESE, UDS SIGUEN SIENDO DOCENTE EN EJERCICIO Y SI LES ENTREGAN YA SABEN QUE LO QUE DEBEN HACER.
PARA LOS DOCENTES EN GENERAL QUE HAN INICIADO SU ACCIÓN DE AMPARO:
Los docentes titulares deben realizar las mismas acciones que los interinos ya que el fin de la LRM es DESPEDIR, sí o sí.
Se les recuerda a los directivos y docentes en general (titular, interino, auxiliar) nombrados bajo el régimen laboral estable de la Ley del Profesorado que ninguna norma técnica, directiva, oficio múltiple, memorándum, etc. o autoridad del MINEDU, la UGEL/DRE o de la I.E. puede obligarle a realizar actividades dentro del marco de la enjuiciada e inhumana ley de reforma magisterial=LRM como la inscripción o actualización en el cuestionado PERUEDUCA, participar en el PELA, la actualización de su ficha escalafonaria, la aceptación de las 2 horas adicionales, la asistencia en vacaciones de medio año a programas de las Instancias de Gestión Educativa Descentralizadas como la I.E., la UGEL, DRE o MINEDU, a dra evaluaciones excepcionales, a rendir la evaluación de desempeño, etc. YA QUE ESTÁ EN CURSO UN PROCESO DE AMPARO POR LA INAPLICABILIDAD DE LA LRM Y NORMAS CONEXAS. SI LO COACCIONAN O CHANTAJEAN, DENUNCIELOS.
ACCIONES ESPECÍFICAS DE LOS DIRECTIVOS:
1.- Hacer su ACCIÓN DE AMPARO BAJO EL RÉGIMEN LABORAL ESTABLE DE LA LEY DEL PROFESORADO donde han adquirido el Statu de DIRECTIVO NOMBRADO y su plaza no debe ser tocada ni ahora ni de aquí a tres años. Más aun presente su MEDIDA CUATELAR y Statu Quo. Recuerde su defensa no debe ser sólo por 3 años basándose en la evaluación de desempeño bajo la enjuiciada e inhumana LRM, sino defendiendo su derecho irrenunciable a ser directivo nombrado bajo el régimen laboral estable de la Ley del Profesorado.
2.- Si al no haberse sometido a las enjuiciadas e ilegales evaluaciones excepcionales de directivos y tiene de por medio acciones legales como el amparo, la UGEL o DRE no debe tocar su plaza poniéndola en concurso, enviando un encargado y/o entregando una RD de reubicación de directivo a profesor.
Y llega el “nuevo directivo”?
Mientras a Ud. no le notifiquen mediante RD que ya no es directivo según la UGEL o DRE, Ud. sigue siendo directivo y NO SE MUEVA DE SU COLEGIO.
Y si me entregan la RD de reubicación?
APELAR la RD llevándola a un proceso contencioso administrativo, además interponer la denuncia fiscal contra el Director de la UGEL o DRE, no se mueva de su colegio, entre otras cosas más.
ACCIONES ESPECÍFICAS DE LOS AUXILIARES:
Como es de conocimiento público, mediante el DS. 008-2014-MINEDU el AUXILIAR, que tiene Statu de PROFESOR SIN TÍTULO con los mismos derechos laborales bajo el régimen laboral estable de la Ley del Profesorado, ahora pasa a tener el Statu de ADMINISTRATIVO DE APOYO ya que está sujeto a los enjuiciados regímenes laborales flexibles de las leyes de reforma magisterial y de servicio civil y además de la Ley 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público. Es decir, no sólo lo despoja de su régimen laboral estable sino que además pierden la condición o statu de PROFESOR.
Por ello, es importante que igual que realice las mismas acciones legales como su acción de amparo, statu quo, etc. y no le haga el juego a un grupo de farsantes que “luchan=claudican” bajo la enjuiciada e inhumana ley de reforma magisterial.
Aunado a todo lo anterior, los docentes y directivos deben organizarse para que se defiendan mediante otras acciones colectivas de lucha como movilizaciones.
DEFIENDAMOS NUESTRA PLAZA ESTABLE Y DERECHOS IRRENUNCIABLES BAJO NUESTRO REGIMEN LABORAL ESTABLE DE LA LEY DEL PROFESORADO, TODO LO DEMÁS ES FARSA.
REQUISITOS DE ACCIÓN DE AMPARO PARA DOCENTE TITULAR Y DIRECTIVO
1.- Copia del DNI.
2.- Copia de la RD de nombramiento.
3.- Copia del último talón de cheque del antiguo régimen laboral (Ley del Profesorado).
4.- Copia del primer talón de cheque del nuevo régimen laboral (Ley del Reforma Magisterial).
Nota: En el caso de los interinos y auxiliares los talones de cheque son los dos últimos (octubre y noviembre del 2014 sino tiene de diciembre).
Mayor información al respecto, comunicarse o acercarse al DEPARTAMENTO LEGAL DE MAESTROS ubicado en Jr. Carabaya 940, Oficina 408, Cercado de Lima (A media cuadra de la Plaza San Martín).
Horario de atención:
- Lunes, miércoles, jueves y viernes de 10 am a 7 pm. (1 a 2 pm refrigerio).
- Martes de 10 am a 4 pm (1 a 2 pm refrigerio).
Celular: 997701303 o al email:
Facebook: Sute Clasista Callao.
¡EN VEZ DE CLAUDICAR, LE INVOCAMOS A SUMARSE A LA FIRME LUCHA LEGAL Y DIRECTA HASTA DERROTAR A LA RM, ASÍ COMO SE DERROTÓ LA CPM!.
¡SOLO LUCHANDO LO LOGRAREMOS, LO DEMÁS ES PURA FARSA!.
MOVILIZACIÓN NACIONAL Y
PLIEGO DE RECLAMOS
15 DE ENERO
El miércoles 15 de enero las Bases Regionales del CONARE SUTEP han realizado a nivel nacional una movilización contra la implementación de la LRM y las APP, entre otras razones. Asimismo, en Lima las Bases del CONARE SUTEP ha presentada EL PLIEGO DE RECLAMOS RENOVADO A EL MINEDU.
Por otro lado, informamos que uno de los acuerdos para el 2015 es la realización de MACROREGIONALES durante el mes de enero para tomar acuerdos a realizarse este año Por ello, invocamos a organizarse para la firme lucha 2015.
Adjuntamos:
1.- El escrito de acción de garantía constitucional para presentarse al Director de la UGEL o DREC y al Director de la I.E.
1.- El escrito de acción de garantía constitucional para presentarse al Director de la UGEL o DREC y al Director de la I.E.
2.- La solicitud de Statu Quo al gobierno regional.
3.- Las fotos de las movilizaciones del 14 y 15 de enero contra la LRM y APP y la ley de explotación juvenil.
4.- Fotos de la Asamblea Regional 13 de enero.
5.- El aviso de las MACROREGIONALES.
6.- El pliego de Reclamos al MINEDU por el CONARE SUTEP.
DILE NO A LA HIPERCORRUPCIÓN EDUCATIVA VÍA SUS CHANTAJISTAS COMPROMISOS!
SENTIMOS VERGUENZA AJENA ANTE TANTA HIPERCORRUPCIÓN EDUCATIVA EN EL PERÚ Y EN EL CALLAO!
¡NO A LA POLITIQUERIA DE LOS BONOS PARA ENDULZAR A LA ENJUICIADA E INHUMANA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL!
¡NO AL ACOSO LABORAL VÍA LOS CHANTAJISTA COMPROMISOS y PROGRAMAS DEL MINEDU, DREs y UGELes!
¡VIVA LA FIRME LUCHA POR LA DEFENSA DE NUESTROS IRRENUNCIABLES DERECHOS BAJO EL RÉGIMEN LABORAL ESTABLE DE LA LEY DEL PROFESORADO!
¡VIVA LA FIRME LUCHA POR LA DEFENSA DE LA ESCUELA PÚBLICA ANTE LA PRIVATIZACIÓN VÍA APP!
¡VIVA LA FIRME LUCHA NACIONAL E INTERNACIONAL CONTRA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ENJUICIADA, INHUMANA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL!
¡VIVA LA FIRME LUCHA POR EL FRENTE ÚNICO, SIN SECTARISMOS, NI OPORTUNISMOS NI FARSANTES SEUDOLUCHADORES!
POR EL FORTALECIMIENTO Y COHESION DEL MAGISTERIO NACIONAL
21 y 22 FEBRERO
CONVENCION NACIONAL DE LAS BASES DEL SUTEP
Lima, 28
de enero del 2015.
OFICIO MULT. Nº
001-2015-BASES DEL SUTEP.
SEÑOR
: DIRIGENTE DEL SUTEP REGIONAL,
PROVINCIAL, DISTRITAL, SECTORIAL Y DE BASE.
ASUNTO
: CONVOCAMOS A LA CONVENCION NACIONAL DE LAS BASES DEL SUTEP.
Las
bases del SUTEP, a nivel nacional, con profundo optimismo, hacen llegar el
saludo de clase para dirigirnos a usted y por su intermedio a los maestros(as)
de su combativa base, y poner de su conocimiento lo siguiente:
PRIMERO: El
Estado peruano a través de su gobierno viene profundizando la política
neoliberal en nuestro país para beneficio de un puñado de capitalistas,
principalmente extranjeros, a costa de la miseria y pobreza de las cuatro
quintas partes de la población peruana. Se continúa con el proceso económico
iniciado por Fujimori para garantizar alta rentabilidad a los
inversionistas extranjeros, implementando una serie de leyes y normas de
reforma que niegan derechos reconocidos por cualquier Estado democrático y que
cuestionan normas internacionales. Así, tener en cuanta en el magisterio la Ley
de Reforma Magisterial, N°29944, 29988 y conexas, que con el objeto de reducir
el aparato estatal, restringen la organización sindical y generan condiciones
para privatizar, ahora a
través de las Asociaciones Público Privados (APP).
SEGUNDO: También se han dado otras
normas como la Ley Servir, Ley Universitaria, la del fracasado ‘aporte de
los independientes’, que han generado luchas masivas en sectores de Salud,
Universidades, y últimamente la fracasada y derogada Ley Laboral Juvenil que
negaba derechos básicos, con el objeto de tener mano de obra barata, y
otras en marcha que van en el mismo sentido; normas acompañadas de leyes
represivas que criminalizan las luchas populares. Luchas que demuestran la
justa indignación y rechazo de nuestro pueblo, pero que siendo dispersas no son
garantía de cambios reales. De ahí la necesidad de los principios del
sindicalismo clasista como única garantía para unir la lucha de nuestro pueblo
contra el enemigo común: el Estado peruano y la reacción, y en pos de
reivindicaciones reales. Por ello es que se está trabajando con la
responsabilidad y seriedad de unir a todas las fuerzas y fracciones del
Magisterio Nacional, en la unidad más amplia de las bases del SUTEP como
requisito para desarrollar nuestra lucha e iniciar la
Huelga Nacional Indefinida.
TERCERO: Por ello es que, se ha
coordinado la convocatoria para el 21 y 22 de febrero del año en curso,
la realización de la “CONVENCION NACIONAL DE LAS BASES DEL SUTEP”, con
sede en la ciudad de Lima. En tal sentido, hacemos un llamado a todas
las fuerzas magisteriales a esforzarnos y asistir masivamente a este evento
nacional, en aras de fortalecer la cohesión del Magisterio Nacional.
CUARTO: LA AGENDA que se tratará en este evento
nacional es como sigue;
1.- Situación Internacional y Nacional.
2.- Problemática Magisterial Educativa:
. Asociaciones Público Privadas – APP.
. Despidos masivos (Evaluaciones de Directores, Maestros, Auxiliares
de Educación, Maestros Interinos, Cese de 65 Años, otros). Ley de R.M.
3.- Huelga Nacional Indefinida:
. Pliego de Reclamos.
. Plataforma de lucha.
. Fecha probable de inicio de huelga.
. Plan de lucha.
. Comité Nacional de Lucha.
4.- Tareas.
QUINTO: Teniendo en cuenta todo lo
señalado, esperamos la asistencia de todo los sectores y fuerzas del Magisterio
Nacional, asistir a este evento de unificación que abrirá otra perspectiva para
nuestra lucha sindical.
Sin otro particular aprovechamos la oportunidad para hacerle llegar nuestro
saludo por el presente año que iniciamos, convencidos que será de mayores
logros para nuestro pueblo.
Atentamente,
CONVOCANTES AL EVENTO NACIONAL:
SUTEP REGIONAL
ANCASH
SUTEP REGIONAL APURIMAC
SUTEP REGIONAL
AYACUCHO
SUTEP REGIONAL CALLAO
SUTEP REGIONAL
CAJAMARCA
SUTEP REGIONAL CUSCO
SUTEP REGIONAL
HUANCAVELICA
SUTEP REGIONAL MOQUEGUA
BASES DEL SUTEP REGIONAL
ICA
SUTEP REGIONAL PASCO
SUTEP REGIONAL
PUNO
SUTEP REGIONAL TACNA
SUTEP REGIONAL
UCAYALI
BASES DE LORETO
BASES DE LA
LIBERTAD
BASES DE LIMA METROPOLITANA
BASES DE LIMA
PROVINCIAS
BASES DE LAMBAYEQUE
BASES DE
PIURA
BASES DE HUANUCO
BASES DE
JUNIN
BASES DE TUMBES
ZENON CESAR PANTOJA
FERNANDEZ EDGARDO
ESCOBAR
PORRAS
CESAR HUGO TITO ROJAS
DIRIGENTE
NACIONAL
DIRIGENTE
NACIONAL
DIRIGENTE
NACIONAL
Suscribirse a:
Entradas (Atom)