sábado, 21 de junio de 2014

Cajamarca: profesores acataron paro contra gobierno regional Miércoles, 18 de Junio 2014 | 2:38 pm


Cajamarca: profesores acataron paro contra gobierno regional
Créditos: RPP/Armando Chilón
Profesores se movilizaron hasta el gobierno regional, donde sólo alcanzaron a dejar un documento en mesa de partes ante la ausencia de funcionarios y presidente regional.
Los profesores que acataron el paro a nivel regional se concentraron en la Casa del Maestro, para luego desplazarse por las principales calles de la ciudad de Cajamarca en rechazo a como se está manejando las Ugeles.
Los docentes llegaron hasta el frontis de la sede principal del gobierno regional donde intentaron ingresar en busca de un dialogo con el presidente regional, sin embargo se dieron con la sorpresa que ningún funcionario y mucho menos Gregorio Santos se encontraba en las instalaciones, por lo que solo dejaron un pliego de reclamos en mesa de partes.
Narda Silva, secretaria regional del SUTE, sostuvo que el paro se volvería repetir ante la ineficacia del gobierno regional en poder solucionar las problemáticas del sector Educación.
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viernes, 20 de junio de 2014

RECLAMO POR EL CAMBIO DE NIVEL A ESCALA MAGISTERIAL Ante las denegatoria de las acciones de amparo a nivel nacional, es importante que se continúe su lucha interponiendo una denuncia internacional ante la CIDH contra la ley de reforma magisterial ya que como hemos advertido los jueces y hasta el cuestionado TC no siempre son probos al atender los reclamos por los derechos irrenunciables de los trabajadores. En este sentido, no se deje influir por la contracampaña. Recuerde que en la década de los 90 se despidieron inconstitucionalmente alrededor de 300 mil años y solo los que no se sometieron a los chantajes del gobierno de entonces e hicieron juicios (llegaron incluso hasta la CIDH) han sido logrado ser repuestos o están en ese proceso porque la justicia, la verdad y la razón así lo amparan, desanimen lo que desanimen. Ahora bien, en distintas UGELes y DREs se han emitido RD de cambio de nivel magisterial de la Ley del Profesorado a escala magisterial de la enjuiciada ley de reforma magisterial y es importante llevarlo a juicio ya que nos hemos nombrado bajo un nivel magisterial y no nos puede cambiar unilateralmente. Por ello, adjuntamos un modelo de reclamo administrativo para que agote la vía administrativa y luego inicie un proceso contencioso administrativo. Recuerde, primero apela dentro de los 15 días perentorios (hábiles) luego de la RD seguro infundado, tiene 3 meses para iniciar el proceso contencioso administrativo. Finalmente, no se deje influir por la campaña de que se gana más con la ley de reforma, ya se ha demostrado que con la Ley del Profesorado se gana más y recién en los últimos años debido a juicios se está consiguiendo justicia. Todo esto es parte de la reorientación y reconstitución del SUTEP, lo demás es pura farsa. Mayor orientación: Departamento Legal de Maestros. DIRECCIÓN: Jr. Carabaya 940, oficina N° 408 - Cercado de Lima – A media cuadra de la Plaza San Martín. FONO : 997 70 13 03 / 992 97 67 09 CORREO: d.defensorialegalmaestroperu@gmail.com Sólo luchando lograremos defender nuestros irrenunciables derechos bajo la Ley del Profesorado!!!




Ante las denegatoria de las acciones de amparo a nivel nacional, es importante que se continúe su lucha interponiendo una denuncia internacional ante la CIDH contra la ley de reforma magisterial ya que como hemos advertido los jueces y hasta el cuestionado TC no siempre son probos al atender los reclamos por los derechos irrenunciables de los trabajadores. En este sentido, no se deje influir por la contracampaña. Recuerde que en la década de los 90 se despidieron inconstitucionalmente alrededor de 300 mil años y solo los que no se sometieron a los chantajes del gobierno de entonces e hicieron juicios (llegaron incluso hasta la CIDH) han sido logrado ser repuestos o están en ese proceso porque la justicia, la verdad y la razón así lo amparan, desanimen lo que desanimen.

Ahora bien, en distintas UGELes y DREs se han emitido RD de cambio de nivel magisterial de la Ley del Profesorado a escala magisterial de la enjuiciada ley de reforma magisterial y es importante llevarlo a juicio ya que nos hemos nombrado bajo un nivel magisterial y no nos puede cambiar unilateralmente.

Por ello, adjuntamos un modelo de reclamo administrativo para que agote la vía administrativa y luego inicie un proceso contencioso administrativo.   
     
Recuerde, primero apela dentro de los 15 días perentorios (hábiles) luego de la RD seguro infundado, tiene 3 meses para iniciar el proceso contencioso administrativo.

Finalmente, no se deje influir por la campaña de que se gana más con la ley de reforma, ya se ha demostrado que con la Ley del Profesorado se gana más y recién en los últimos años debido a juicios se está consiguiendo justicia. Todo esto es parte de la reorientación y reconstitución del SUTEP, lo demás es pura farsa.

Mayor orientación:
Departamento Legal de Maestros.

DIRECCIÓN: Jr. Carabaya 940, oficina N° 408 - Cercado de Lima – A media cuadra de la Plaza San Martín.

FONO          : 997 70 13 03  /  992 97 67 09

CORREO: d.defensorialegalmaestroperu@gmail.com


Sólo luchando lograremos defender nuestros irrenunciables derechos bajo la Ley del Profesorado!!!

CEN DEL SUTEP (PATRIA ROJA=MAS): ENEMIGOS DE LA DEMOCRACIA SINDICAL




Para nadie es un secreto, menos en el movimiento magisterial, que casi todos los “dirigentes” del CEN SUTEP son militantes o simpatizantes del llamado “partido comunista del Perú” patria roja, que a su vez tiene como fachada a una organización conocida como MAS. Incluso se vanaglorian de pertenecer a estas organizaciones, así que no es nada secreto lo que mencionamos ya en anteriores documentos.
Por esta razón, las actitudes que adoptan estos señores van más allá del tema personal, están basadas en decisiones que, como partido político, acuerdan aplicar en determinadas organizaciones sindicales o populares. Teniendo en cuenta que en base a pura propaganda y uso de fraseología vinculada al movimiento popular han logrado ser considerados como parte de esta.
Tanto es su afán de controlar sindicatos u otras organizaciones que no titubean en utilizar armas anti democráticas para imponer su “organicidad” y su hegemonía. El movimiento magisterial no es ajeno a ello, pues esta se ha venido dando a lo largo de todo el país y durante muchos años, al extremo que en cada región existen dos o más gremios con el mismo nombre porque forman comités directivos paralelos a los elegidos democráticamente.
En Lima, es más notoria la actitud antisindical, anti democrática y partidarista que adopta patria roja al interior del magisterio.
Estos señores se han acostumbrado  a designar, entre cuatro paredes con la sola presencia de sus afiliados y simpatizantes, quiénes deben ser los “dirigentes” de un sector. Tienen temor y por eso rechazan las elecciones universales, es decir, un maestro un voto porque saben que la mayoría de maestros los  van a repudiar. Vale decir, desarrollan todo un comportamiento propio de sectores anti democráticos y anti sindicales. Por lo tanto, no deberían ser considerados como parte del campo popular.
Su última hazaña, porque seguro así lo considera la cúpula de patria roja=mas, es hacer que las Autoridades de la UGEL 01 acepten como válido, igual como si fuera una directiva del Minedu, un simple oficio del CEN SUTEP donde designan al eterno operador de patria roja en San Juan de Miraflores, Amado Oliva, como “secretario general” del SUTE 14.
¿Acaso los cientos de maestros de San juan de Miraflores eligieron a dicho señor? ¡NO!
En las elecciones universales llevadas a cabo el 20 de diciembre  pasado, con la participación voluntaria de cerca de dos mil maestros, salió elegida como Secretaria General del SUTE 14 Sector la Lic. Nery Ochavano Fuentes de la Lista N° 1 del Frente Amplio de Renovación Magisterial (FARM) con el respaldo mayoritario.
Aquí hay que indicar que el operador de patria roja, intentó confeccionar una lista, la mayoría a quienes habló para que lo acompañen no lo aceptaron, luego intentó hacer alianza con la lista 2 (Aldema), tampoco lo aceptaron. Pero como la directiva de patria roja era “recuperar el SUTE 14 como sea”, entonces por segunda vez  en el SUTE 14(ya lo habían hecho el 2006) los “orgánicos” del CEN SUTEP aplican sus métodos anti democráticos y anti sindicales, y sin respetar todo el proceso desarrollado y que fue del conocimiento de toda la comunidad sanjuanina, municipalidad, gobernación, autoridades de la UGEL 01, etc. arman un Comité Ejecutivo paralelo.
¿Es posible seguir aceptando al llamado “partido comunista del Perú” patria roja=MAS, como parte del movimiento popular?.
Lamentablemente su comportamiento anti democrático y anti sindical, que no es de ahora sino, que se viene repitiendo año tras año en las diferentes organizaciones gremiales y populares nos demuestra que se debe replantear el tenerlo en cuenta como partido del campo popular.
Consideramos que la CGTP debe de evaluar el comportamiento anti sindical y anti democrático del CEN del SUTEP, miles de maestros del Perú así lo exigen.
Igualmente, tanto la Confluencia Por Lima y el Frente Amplio deben de tomar una posición al respecto.

La educación en Chile ya no será una actividad comercial



Reforma Educativa de Michelle Bachelet propone dejar atrás el financiamiento compartido. (Foto: Archivo)
Con el primer proyecto dentro del marco de la Reforma Educacional de la presidenta de Chile, Michelle Bachelet, se eliminará por completo el lucro y la enseñanza dejará de ser una actividad comercial, informó este martes el ministro chileno de Educación, Nicolás Eyzaguirre. 

"Los colegios estaban siendo tratados tal como cuando la gente invierte en la bolsa, se podía invertir en un colegio, era una actividad comercial y eso en ningún lugar del mundo existe", manifestó el ministro de Educación. 

Explicó que su cartera está abarcando, en este primer semestre de puesta en marcha de la reforma, los intereses de los niños de 0 a 4 años y toda la educación básica y media. 

En el segundo semestre "vamos a ingresar legislación con respecto a la acreditación de las universidades, respecto a la gratuidad de la educación", entre otros aspectos, comentó en entrevista con Radio Cooperativa.

"Con este proyecto se elimina por completo el lucro y el copago en el sistema subvencionado", es decir, "se verán afectados todos los establecimientos municipales y subvencionados, donde los sostenedores no podrán recibir ganancias y tendrán la opción de transformar dichos centros en fundaciones para continuar con su funcionamiento", indicó. 

"No pueden tener ganancias, lo que pueden tener en cualquier fundación son excedentes, no ganancias yesos excedentes deben ser reinvertidos" aclaró Eyzaguirre. 

Para este martes, se espera que el Congreso de Chile comience la discusión de la Reforma Educativa que busca devolverle a los chilenos la educación gratuita. Este proyecto constituye el núcleo de la campaña política que llevó a Bachelet a la presidencia por segunda vez.

Las protestas de estudiantes chilenos por una educación pública gratuita marcaron el gobierno del expresidente Sebastián Piñera, por lo que este nuevo proyecto educativo de 50 páginas podría dar un final satisfactorio a la larga lucha estudiantil.

La iniciativa propone dejar atrás el financiamiento compartido, mediante el congelamiento de los montos que cobran los colegios (copago) a padres, para reemplazarlos gradualmente por un subsidio. 

CHILE: EXIGEN EL FIN DE LAS AFP, SISTEMA DE PENSIONES IMPUESTO POR LA DICTADURA



Santiago de Chile, 05 de Octubre. Cientos de personas marcharon en protesta contra del sistema previsional Chileno actual (AFP), exigiendo la derogación del decreto de ley Nº 3500 que en 1981 las creó. La convocatoria fue realizada por la Coordinadora Nacional de Trabajadores, la Confederación de Sindicatos Bancarios, la Federación Nacional de Trabajadores de la Salud, el Movimiento Ciudadano por una Pensión Digna y la Confech. 


Chile padece un sistema de pensiones que es ilegal porque fue impuesto por la dictadura. También es ilegal porque establece una grave desigualdad entre las partes. En efecto, una de las partes [los trabajadores] está obligada a entregar su ahorro previsional a las AFP. La otra parte, en cambio, tiene libertad para cobrar lo que quiera. Y las AFP abusan de este derecho cobrando las comisiones más altas del mundo. Las AFP disfrutan además de otro privilegio [del latín "privi lege", ley privada, ley hecha para favorecer a unos pocos] aun más inaceptable: tienen derecho a administrar Fondos ajenos como si fueran propios, sin rendir cuentas y sin responder por las pérdidas. Estos Fondos les permiten además comprar voluntades y conseguir mejoras al marco legal que les entrega los privilegios. Es una vergüenza que después de 25 años la situación se mantenga y la "democracia" solo haya servido para hacerla más abusiva. Sobre cada uno de los presidentes y parlamentarios de esta "democracia" recae la vergüenza de no haber levantado una mano para poner fin a los inmensos abusos del sistema de AFP.

jueves, 19 de junio de 2014

HAGUEMOS QUE NUESTRAS ACTITUDES SEAN HÁBITOS...


SOBRE LA ASIGNACIÓN DE REFRIGERIO Y MOVILIDAD EN BASE AL DS. N° 025-85-PCM JUDICIALICEMOS AL ESTADO PARA QUE CUMPLA CON NUESTRO DERECHO Y EJECUTE EL RESPECTIVO PAGO

SOBRE LA ASIGNACIÓN DE REFRIGERIO Y MOVILIDAD EN BASE AL DS. N° 025-85-PCM JUDICIALICEMOS AL ESTADO PARA QUE CUMPLA CON NUESTRO DERECHO Y EJECUTE EL RESPECTIVO PAGO



Es importante estar informado para que no lo sorprenda el oportunismo y sectarismo sindical.

SOBRE LA ASIGNACIÓN DE REFRIGERIO Y MOVILIDAD EN BASE AL DS. N° 025-85-PCM

Así como sea demostrado judicialmente a nivel nacional que el 30% es un derecho irrenunciable que el Estado nos ha negado en complicidad con los ilegítimos "legales" del CEN=SUTEP, igualmente la Asignación de Refrigerio y Movilidad en forma diaria en base al DS. N° 021-85-PCM modificado por el DS. N° 025-85-PCM sea demostrado que es un derecho irrenunciable.

En efecto, a pesar que las DREs y UGELes declaran que nos han pagado la asignación por ref. y mov. en forma mensual conforme el DS. N° 264-90-EF y que en la enjuiciada ley de reforma magisterial este derecho esta "incluido" dentro del RIM, habría que precisar lo siguiente:

- Un decreto supremo de la PCM tiene mayor jerarquía que un decreto de EF.

- La naturaleza del refrigerio y movilidad es en forma diaria y no mensual ya que diariamente se gasta en comida y pasaje.

- El DS. N° 204-90-EF ilegal e inconstitucionalmente desnaturaliza la asignación de refrigerio y movilidad al cambiar a la forma de pago de diario a mensual.

- El pretexto de reconversión laboral de soles de oro a inti y de inti a nuevo sol no justifica que hayan cambiado unilateralmente la forma de pago ya que si es s/. 5.00 el pago vigente, esto debe ser diario y no mensual. 

- Así como con "artimaña jurídica" durante el primer gobierno de cambio 90, cambiaron el concepto de remuneración total contemplado en la LEY DEL PROFESORADO en remuneración total permanente en base al ilegal e inconstitucional DS. N° 051-PCM para pagarnos la miseria de s/. 17 a 20 soles y no los s/. 300 a 400 que legal y legítimamente nos corresponde, también con otra "artimaña jurídica" el mismo gobierno saco diversos decretos supremos de menor jerarquía como el DS. N° 204-90-EF de 01-07-1990 (que es a partir de este decreto donde unilateralmente se cambia a mensual una asignación diaria).

- Toda esta artimaña atentando contra el principio de intangibilidad de remuneraciones, la jerarquía de normas y los principios laborales como ante la duda se prefiere la norma más beneficiosa para el trabajador e irrenunciabilidad de los derechos reconocidos de conforme el Art. 26° de la actual Constitución y ni siquiera la tendenciosa interpretación de la teoría de los hechos cumplidos que hacen algunos jueces y hasta el cuestionado TC puede quitarnos ya que la misma constitución establece irretroactividad hasta en lo laboral según su Art. 103°, es decir ni siquiera porque existe una nueva norma jurídica como  como el DS. N° 204-90-EF y la ley de reforma magisterial pueden cambiarnos la forma de pago de ref. y mov. y ahora quitarnos con la enjuiciada ley de reforma magisterial porque hemos cumplido con las exigencias para el Estado reconozca el derecho irrenunciable de ref. y mov. en forma diaria desde el año 85 contemplado por el DS N° 021-85-PCM y su modificatoria, el DS. N° 025-85-PCM vigente hasta la fecha.

- Es más, en base al Art. 26° de la Constitución, los últimos años diversas regiones como en UCAYALI, PIURA, SAN MARTÍN, etc. ya existe jurisprudencia sobre el refrigerio y movilidad en forma diaria desde el año 85 según el DS. N° 025-85-PCM a pesar de los cuestionados DS Ns° 0204-90-EF 109-90-PCM y 264-90-EF de los años 90.

Por eso, no se deje llevar por personajes y hasta cuestionados abogados que se prestan al juego del gobierno de turno desorientando al magisterio como lo hicieron con el 30% (y ante la contundencia ahora cambian su versión) e inicie su reclamo de refrigerio y movilidad en base al DS. N° 025-85-PCM, lo demás es pura farsa.

Adjuntamos un modelo de reclamo administrativo.



SOLICITO: Pago de asignación por refrigerio
                    y movilidad de S/. 5.00 diarios.

REF.: D.S. Nº 025-85-PCM.

SEÑOR ….............................................................…………………....................
DIRECTOR DE LA ………………………………………………………………

PRESENTE.-

 …………………………………………………………Identificado con DNI N°………………....,
………………………………………………………… Identificado con DNI N° …………………,
………………………………………………………… Identificado con DNI N° …………………,    
………………………………………………………… Identificado con DNI N° ……………….,
con domicilio común en la ………………………………………………………………….con  domicilio real en......................................................................................................................., y con domicilio procesal en  ……………………………………………………………….., ante usted con respeto me presento y digo:

          Por convenir a nuestro derecho, recurrimos a su Autoridad con la finalidad de solicitar el cumplimiento de lo dispuesto por el D.S. Nº 025-85-PCM y disponga a quien corresponda el pago por asignación de refrigerio y movilidad por el monto de cinco nuevos soles (S/. 5.00 y 00/100) diarios por los días laborados, incluyendo vacaciones, licencias o permisos que conlleven al pago de remuneraciones.

           El pago por asignación de refrigerio y movilidad se nos pagará desde el día siguiente de la publicación del D.S. Nº 025-85-PCM hasta la actualidad, por ser un derecho fundamental de primera generación y como tal es irrenunciable e imprescriptible.

            Para estos efectos debemos precisarle que la cuestión de montos, reconversiones o actualizaciones monetarios, no impide ni niega mi derecho reconocido, en razón que para este efecto he cumplido con los requisitos exigidos por el Estado; configurando desde ya esta asignación como mi derecho patrimonial y que no debe ser confiscado por ningún funcionario público. Asimismo para estos efectos se deberá inaplicar la Ley Nº 29944 LRM.

FUNDAMENTACION JURIDICA:

Efectúo el presente pedido, amparándome en lo dispuesto por el inc. 20 del artículo 2º de la Constitución Política del Estado.

POR TANTO:

Solicito atender mi solicitud por corresponder a Ley.


                                                                                   Callao,.......... de mayo del 2014
Anexo:
1.- Copia de nuestro DNI.
2.- Copia de nuestra RD de nombramiento y/o RD de contrato.
3.- Copia de talón de cheque de noviembre 2012 y/o talones de cheque de contratos.

 ……………………………………........                                                         
         DNI N°…………………….      
                                          
 ……………………………………........                                                         
         DNI N°…………………….   

 ……………………………………........                                                         
         DNI N°…………………….