Escribe: Rolando Waldo Gomez Poma | Nacional - 30 mar 2014
“En nuestras memorias tenemos, el día en que ingresamos a esta maravillosa Institución Educativa, llenos de emoción, curiosidad, nerviosismo, alegría…. Finalmente entramos al salón y nos sentamos con otros niños, sin saber que muchos de nosotros compartiríamos grandes momentos durante tantos años, algunos de estos compañeros se fueron, otros llegaron en el transcurso de la primaria, pero todos coincidimos al sentir que cada una de nuestras maestras y maestros tienen un toque especial y único, aquel profesor que nos apoyó a aprender a leer y escribir, la que nos ayudó con las siempre difíciles matemáticas, a quien nos enseñó a cantar y a entender que la escuela es divertida, es nuestro segundo hogar, a todos y cada uno de nuestros segundos padres/madres siempre los recordaremos, por su dedicación, amor…”
El sistema educativo nacional en los últimos cuarenta años, en su intento de mejorar sufrió una serie de reveses, de los cuales los docentes inmersos en el Sistema Educativo Nacional nunca se vieron beneficiados en sus expectativas laborales ni económicas, más al contrario recibieron las más duras críticas de los representantes del ejecutivo nacional, siendo el pico más alto de la campaña de desestabilización del Sutep, la emprendida por el ex presidente Alan García y su ministro de educación, quienes no dudaron en insuflar: "Se acabó la mamadera, es hora de estudiar y enseñar, no permitiré que un grupo de ociosos que no quieren ser evaluados brinden a nuestros hijos una educación de pésima calidad. El Estado realiza una mala inversión al remunerarlos”, olvidando el origen de su capacidad cognitiva, linchando años de esfuerzo de los educadores conscientes de su rol en la sociedad.
A fines del año pasado, un promedio de cien maestros con sorpresa recibieron cartas notificándoles el cese en sus funciones magisteriales, el mismo que causó molestia y desasosiego, un resultado de la implementación de la Ley de la Carrera Pública Magisterial, deambularon por diferentes estudios jurídicos y no obtuvieron respuesta peor aún en las direcciones de las Unidades de Gestión Educativa, donde los funcionarios solamente respondían que ellos cumplen con la ley, y nada más podían hacer. Teniendo en cuenta éste inconveniente por cese teniendo como argumento la edad máxima permitida, la psicosis entre los agraviados cundió, sin que la organización que los agrupara (Sutep) realice acción alguna, porque los maestros en actividad también se sintieron acorralados por la “degradación en sus niveles”.
Atendiendo al principio de legalidad de la aplicación de la norma, ante la afrenta del derecho legalmente arraigado durante la vigencia de la Ley del Magisterio, el Ministerio de Educación nunca se preocupó en proteger los derechos de los señores profesores, tal es así que cada gobierno trató de hacer los parches que le convenía y ese libre albedrío en la educación (políticas educativas) llegó al fondo en los últimos años, porque los maestros tenían que dedicarse a asistir a capacitaciones de diversa índole y con entes capacitadores que ni siquiera cumplían con las especificaciones técnicas y materiales, siendo una estafa a los sufridos maestros, abandonando los deberes del aula como la preparación de las horas lectivas durante la semana, distribución de necesidades de los discentes, estudio y análisis de los temas a tratar, acondicionar laboratorios de práctica,… aunado a una remuneración de hambre, que los obliga a buscar otros trabajos de mayor esfuerzo físico y mental, o simplemente atendiendo sus emprendimientos familiares (restaurantes, tiendas, bares, cantinas,…).
Pues bien, ya existen y se configuraron los Despidos Arbitrarios de los maestros que cumplieron los 65 años, atendiendo a la Ley 29944, aplicando esta ley en forma retroactiva, afectando los derechos legítimamente adquiridos, cuyo repentino, masivo y simultáneo retiro en todas las regiones del país está provocando un retraso en la actividad educativa, estos maestros que están en la media de su aprendizaje educativo pedagógico, son captados por las entidades educativas de similar nivel pero particulares, los que tienen el negocio servido porque solo requieren de una resolución de funcionamiento emitido por el ente rector educativo y algunas observaciones tímidas de sus locales que no cuentan con las especificaciones técnicas requeridas (al parecer la coima es pan de cada día, porque no se puede admitir que la IEP. Miguel Grau, tenga un proyecto de construcción de tres niveles por falta de espacio y los técnicos del sector educación no aprueben, pero existen centros educativos privados que tienen edificios de tres pisos que normal funcionan o que sus ambientes son estrechos). Esta ley, vulnera la Carta Magna, porque nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole. Por lo que cada maestro despedido por causal de edad, puede accionar en garantía de derecho constitucional.
Pues bien, ya existen y se configuraron los Despidos Arbitrarios de los maestros que cumplieron los 65 años, atendiendo a la Ley 29944, aplicando esta ley en forma retroactiva, afectando los derechos legítimamente adquiridos, cuyo repentino, masivo y simultáneo retiro en todas las regiones del país está provocando un retraso en la actividad educativa, estos maestros que están en la media de su aprendizaje educativo pedagógico, son captados por las entidades educativas de similar nivel pero particulares, los que tienen el negocio servido porque solo requieren de una resolución de funcionamiento emitido por el ente rector educativo y algunas observaciones tímidas de sus locales que no cuentan con las especificaciones técnicas requeridas (al parecer la coima es pan de cada día, porque no se puede admitir que la IEP. Miguel Grau, tenga un proyecto de construcción de tres niveles por falta de espacio y los técnicos del sector educación no aprueben, pero existen centros educativos privados que tienen edificios de tres pisos que normal funcionan o que sus ambientes son estrechos). Esta ley, vulnera la Carta Magna, porque nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole. Por lo que cada maestro despedido por causal de edad, puede accionar en garantía de derecho constitucional.
Siendo la Constitución garantista y protege al trabajador, además nuestra patria es dignataria de Tratados y Acuerdos Internacionales, entre ellos la Organización Internacional del Trabajo, convenio N° 151 OIT, que según La Ley 28175 Marco del Empleo Público (publicada el 19 de febrero del 2004) en su Artículo V determina que son fuentes de derecho en el empleo público los convenios colectivos, por ello los perjudicados por despidos teniendo como base el cumplimiento de la edad (65 años) tienen a su alcance el auxilio de la ley mediante acciones de amparo y si los entes jurisdiccionales no acceden al petitorio restitutivo incurrirían en actuados pasibles de demandas penales, conforme determina el Código Penal artículos del 361º al 426º:
Actualmente en nuestro país, está en juego los intereses de aproximadamente 350 mil maestros, de los cuales un pequeño porcentaje fueron nombrados expresamente por la nueva ley de la Carrera Pública Magisterial, lo que podría implicar que si la mayoría de los profesores sienten que sus derechos fueron conculcados o que no les favorece la ley en cuestión, podrían tener las puertas abiertas a luchar por sus derechos adquiridos e irrenunciables desde todo punto de vista, aunque se pueda pensar que la estabilidad es un retraso para la economía nacional, pero aquí está en juego el respeto irrestricto a la norma y el principio del cumplimiento de la norma post publicación oficial en el diario el Peruano, el status quo está en manos de los legisladores y del ejecutivo, existen enmiendas para concretar el respeto al maestro que por ahora solamente recibe como remuneración la suma promedio de mil 300 soles, el mismo que oscila en pequeñas proporciones con los niveles educativos alcanzados y que con la nueva ley estos niveles son tirados por la borda degradando a los maestros.
Haciendo un símil con los oficiales de las Fuerzas Armadas, es imposible que a un Comandante General con una simple ley se le asigne el grado de soldado raso o cabo.
Entre las bondades que defiende el ejecutivo con la Ley de Reforma Magisterial es que en ella se marca una ruta de desarrollo profesional para los docentes. Esta novedad incluye su formación, la forma en que ingresan a la carrera, la forma en que ascienden en la carrera y el conjunto de elementos que promueven un mejor desempeño profesional. A la vez, se genera un sentido de responsabilidad en sus funciones. El mismo que será evaluado con cuatro tipos de evaluación. Una para el ingreso a la carrera, la que se da una sola vez en la vida. Luego, la evaluación para los ascensos, cada vez que un maestro quiere ascender y cumple los requisitos establecidos. La otra es la evaluación de desempeño de la carrera, que se produce cada tres años y nos plantea su permanencia en el servicio. El cuarto tipo es cuando el maestro, de manera voluntaria, quiere acceder a otro cargo: quiere ser director, quiere ser especialista o cualquier otro tipo de cargo dentro del sistema educativo.
Pese a las numerosas advertencias realizadas contra la Ley en cuestión, los riesgos de la ilegalidad y la conflictividad que podría generar su aplicación, son aún latentes en pro o en contra, pero si el sindicato de profesores unifica criterios de lucha, más perjuicio recaerá en la economía nacional, porque la supuesta movilización de 200 mil maestros contra la aplicación de la degradación y de los ceses por cuestión de edad, generaría un caos vertiginoso, en un estado degradado a la inflexión de la esposa del mandatario elegido para gobernar, sacudido por la tensión propia de las necesidades populares y conflictos internos como los mineros y que el Ministerio de Educación defina, dirija y evalúe la política educativa nacional, equilibrando intereses y necesidades de los componentes del sistema educativo y que el Reglamento de la Ley 29944 sea revisado mediante una comisión paritaria sin temor a enmendaduras, siempre definiendo el rumbo que queremos en nuestros estudiantes.
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