jueves, 16 de noviembre de 2017

DEPARTAMENTO LEGAL DE MAESTROS
 
LOS MAESTROS DEL PERÚ INICIAN LA EXPULSIÓN DEL INCONSTITUCIONAL D.U. N° 012-2017 PIDIENDO LA VERIFICACIÓN DE MÁS DE 10,000 FIRMAS ANTE EL J.N.E., POR CUANTO EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PPK HA VIOLADO NUESTROS DERECHOS FUNDAMENTALES Y LABORALES.

 
Verificado la valides de más de 5,000 firmas de adherentes por parte del J.N.E. y el RENIEC, los Maestros promoveremos los próximos días ante el Tribunal Constitucional el PROCESO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA EL DECRETO DE URGENCIA Nº 012-2017, y las que por conexión  también resulten inconstitucionales, al amparo de la Constitución Política del Perú; así como lo establecido en la Ley 28237, Código Procesal Constitucional y en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
 
Pretendemos la EXPULSIÓN del ordenamiento jurídico de este inconstitucional D.U., porque vulnera derechos fundamentales y laborales de todos los maestros del Perú, dando respuesta política contra el Estado peruano y su Gobierno de derecha mercantil de PPK, que se ha empecinado a pie juntillas a profundizar la flexibilización laboral y la explotación salvaje capitalista en contra del pueblo peruano y especialmente de los Maestros.
 
Aunque  el  Decreto  de  Urgencia  dice: “El presente  Decreto  de  Urgencia, tiene  por  objeto  dictar  medidas  extraordinarias que   debe  observar  el Gobierno Nacional y Los  Gobiernos  Regionales a  fin de  restablecer  la  prestación  del  servicio  educativo  en las  instituciones  educativas  publicas que impartan  Educación Básica”, en realidad no se   dictan  medidas  extraordinarias  ni  complementarias  de la  Ley,  si no que se modifican, derogan derechos  de libertad   sindical, huelga,  y  derechos  laborales,  consagrados de los  profesores  del   magisterio  nacional,   en  materia  laboral.
 
Así, si se deroga derechos laborales establecidos en Ley del Estado, ello sólo puede hacerse mediante ley del Congreso, debidamente formada y promulgada, y sin efectos retroactivos en virtud del mismo artículo en parte citada más abajo; nunca a través de Decretos, ni siquiera de urgencia, previstos sólo para materia económica y financiera, pues de otro modo se está abusando del derecho conferido al Presidente de la República en el numeral 19 del artículo 118° de la Misma Constitución. Y la Constitución no ampara el abuso del Derecho.
 
Por estas consideraciones, los maestros pedimos que se declare Fundada la Demanda, y en consecuencia, Declarar la inconstitucionalidad del Decreto de Urgencia Nº 012-2017, así como de las normas conexas en cuanto que presten soporte a las agresiones constitucionales denunciadas, expulsándolas pura y simplemente del Ordenamiento Jurídico desde que fueron emitidas.
                         Lima, 15 de Noviembre del 2017.

Junta Directiva Nacional

Dpto. Legal De Maestros.

Informes: Prof. María Atoche, celular 997701307.

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