martes, 29 de octubre de 2013

LA REALIDAD DE QALI WARMA... DEBE SEGUIR EXISTIENDO ESTE PROGRAMA?

POR FAVOR APOYEMOS A LOS NUESTROS CASERITOS (AS) NO ALAS TRANSNACIONALES PRINCIPALMENTE CHILENAS

En la Ugel Mariscal Nieto de Moquegua sí pagó la Bonificación por Preparación de Clases que se le debía a los maestros.


UGEL Mariscal Nieto de la Región Moquegua pagó la Bonificación del 30% por Preparación de Clases a maestros. "Sin luchas no hay victorias".



Para muestra un botón

Con esta Boleta de pago queda demostrado que la Ugel Mariscal Nieto de Moquegua, ha pagado a los maestros la Bonificación Especial del 30% por preparación de clases y evaluación.

La Profesora Ana Elizabeth Rioja Vizcarra, como se muestra en su boleta de pago, ha logrado cobrar la cantidad de 29,326.12, por el concepto de preparación de clases. También estos pagos se realizaron en la Ugel Sur de Arequipa.

La lucha legal y directa que ha emprendido el magisterio nacional está dando frutos. Los maestros continúan bregando porque el estado les devuelva lo que les arrebató con el D.S 051 del año 1991, durante el gobierno de Alberto Fujimori, es decir, hace más de 20 años y que la dirigencia orgánica del Cen del Sutep no alertara en ese entonces a los miles de maestros, ni presentara reclamo alguno en contra de estos derechos que estaban siendo vulnerados y que han echo que el maestro se empobrezca cada día más..

PRECEDENTE: RECONOCEN A MAESTRA DE LA REGIÓN PIURA LA BONIFICACIÓN DE REFRIGERIO Y MOVILIDAD ASCENDENTE A S/. 98,151.93 NUEVOS SOLES 


PRECEDENTE: RECONOCEN A MAESTRA DE LA REGIÓN SAN MARTIN LA BONIFICACIÓN DE REFRIGERIO Y MOVILIDAD 

jueves, 24 de octubre de 2013

COLEGAS ENVIAMOS EL OFICIO N°078 - 2013 MINEDUSG - OGA -UPER SOBRE VIGENCIA DE RM N° 571 -94 - ED




ENVIAMOS OFICIO SOBRE LOS 3 DÍAS DE PERMISO CON GOCE DE REMUNERACIONES

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria”



………………………………..…
DIRECTOR (A) DE LA I.E. N° ……………………
PRESENTE.-

         ASUNTO:Vigencia de la RM N° 571-94-ED
         Ref.        : 03 días de permiso con goce de remuneraciones.

         Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. para expresarle nuestro saludo y al mismo tiempo manifestarle algunas precisiones sobre derechos que asisten a los maestros de nuestra I.E., del modo siguiente:

  1. El Oficio N° 5470-2013 de la UGEL 05 de San Juan de Lurigancho del 02 de abril del 2013 ya reconocía la vigencia de la Resolución Ministerial Nº 571-94-ED.
  2. Ahora bien, mediante el Oficio Múltiple Nº 0078-2013-MINEDU/SG-OGA-UPER de fecha 29 de agosto de 2013, el Jefe de la Unidad de Personal del Ministerio de Educación, amparándose en la Décima Segunda Disposición Complementaria Final del Reglamento del D.S. Nº 004-2013-ED, complementariamente dispone que la Resolución Ministerial Nº 571-94-ED, se encuentra en plena vigencia a la fecha.
  3. Dicha Resolución en su Título V  inciso 3 de las Disposiciones Complementarias, dispone que el servidor tiene derecho a tres (03) días de permiso con goce de remuneraciones por motivos personales el mismo que debe ser concedido por el Jefe Inmediato Superior
  4. En este sentido, queda claro que nuestros derechos arrancados con duras jornadas de lucha y tratándose de derechos de primer orden que versan con goce de remuneraciones contemplados en nuestra Constitución Política, tienen carácter irrenunciables y de estricto cumplimiento por las autoridades del Sector.
  5. Dejamos constancia que si el objeto de la vigencia de la Resolución Ministerial Nº 571 es solo para efectos restrictivos, represivos y de persecución mediante el camuflaje de control de asistencia y permanencia del personal, probaría la real intención y estaría configurado como evidente ABUSO DE AUTORIDAD; lo que habilitara nuestro derecho a accionar en los fueros jurisdiccionales con el proceso constitucional correspondiente.
  6. El hecho concreto es que el Ministerio de Educación considera complementariamente vigente una norma del año 1994 mediante documento oficial y este ha causado estado y todos los maestros deben merecer respeto en este extremo.

     En este sentido, invocamos a dar cumplimiento a lo ordenado por el Jefe de la Unidad de Personal del Ministerio de Educación, en el extremo que preciso en el inciso 3.

     Esperando la atención del caso, aprovecho esta ocasión para renovarle las expresiones de nuestra mayor consideración.

Atentamente,

Jueves, 04de setiembre del 2013.

Atte.:

Apellidos y Nombres
DNI

1. ………………………………………………………………………………………………………
2……………………………………………………………………………………………….………
3………………………………………………………………………………………………..….…
4………………………………………………………………………………………..……………
5…………………………………………………………………………………………………………6 …………………………………………………………………………………...………………
7…………………………………………………………………………………………………………
8………………………………………………………………………………….………………...…
9…………………………………………………………………………….…………………………...
10………………………………………………………………………….…………...........................
11…………………………………………………………………….………………………………….
12………………………………………………………………….…………………………………….
13………………………………………………………….…………………………………………….
14…………………………………………………………......................................................................
15……………………………………………………….............................…………………………….
16…………………………………………….……………………………………………………….
17…………………………………………….………......................………………………………….
18………………………………………….…………………………………………………………….
19……………………………………………………………………………………………………..
20………………………………………………………………………………………………………
21………………………………………………………………………………………………………
22………………………………………………………………………………………………………
23 ……………………………………………………………………………………………………….
24………………………………………………………………………………………………………
25………………………………………………………………………………………………………








































Ante la farsa de elecciones del denunciado CPPE (civil y penal que continua) ligado a Patria Roja=Fragma y por ser de interés público, les enviamos el siguiente comunicado:

 COLEGIO DE PROFESORES DEL PERÚ LEY N°25231 – LEY N°28198 – D. S. N° 017-2004-ED A LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN Y OPINIÓN PÚBLICA:
 ¡ NO HAY NINGUNA JURAMENTACIÓN EN EL COLEGIO DE PROFESORES DEL PERÚ ! ¡ PATRIA ROJA NO DESTRUIRA LA INSTITUCIONALIDAD DEL COLEGIO DE PROFESORES DEL PERÚ, COMO HA DESTRUIDO AL SUTEP ! 
 1.- El profesor ANGEL AGUSTIN SALAZAR PISCOYA, Decano Nacional del Colegio de Profesores del Perú, COMUNICA que las Elecciones Universales, Libres y Democráticas del Tercer Decano Nacional del CPPe se realizarán en el Año 2014, por lo tanto : Alertamos al Magisterio y pueblo peruano a no dejarse estafar por el grupúsculo politiquero ilegal de “patria roja-mni-más”, quienes pretender apropiarse del Colegio de profesores del Perú, inclusive cometiendo actos delincuenciales y antidemocráticos.
 2.- Es una vergüenza que el candidato perdedor del segundo proceso electoral Manuel Eusebio Rodrigues Rodrigues, se haya autoproclamado al estilo de cualquier dictadura mafiosa como autoridad de nuestra Orden Profesional, si mentimos que muestre su Credencial, Resolución y Actas del Comité Electoral Nacional don de lo reconocen como autoridad del CPPe, entonces estos sujetos delincuenciales de patria roja, NO van a imponerles autoridades al CPPe por encima de su autonomía constitucional. 
 3.- Los Profesionales de la Educación del Perú, han repudiado y rechazado la actitud delincuencial de patria roja en sus falsas Elecciones Universales y en el mismo estilo de una dictadura mafiosa hoy quieren imponer como falso decano nacional a un sentenciado “Mendoza García, Julio”, justo cuando nuestro país está combatiendo todo tipo de corrupción y corruptelas. 
 4.- Finalmente: los sujetos politiqueros infiltrados en el magisterio peruano de Patria Roja-MNI-MAS, NO destruirán, ni se apoderarán del Colegio de Profesores del Perú, así como lo han hecho con la Derrama magisterial, Sutep; si quieren ser autoridades del CPPe, respeten su AUTONOMÍA CONSTITUCIONAL y las Elecciones Universales y Libres. Lima, 21, Octubre, 2013-10-23
 Dirección Nacional de Prensa y Propaganda Colegio de Profesores del Perú

viernes, 18 de octubre de 2013

SITUACIÓN EDUCATIVA Y MAGISTERIAL


     La educación, como todo, tiene un carácter de clase, o sirve a la reacción, o sirve al pueblo .En el mundo la ofensiva neo liberal del imperialismo desde hace mas de 20 años ha ido negando cada vez más el derecho a la educación para el pueblo. Con la crisis capitalista actual esto se ha acentuado recortando derechos que el magisterio y el pueblo en el mundo han conquistado, en especial la gratuidad de la enseñanza pues la educación es un derecho fundamental del pueblo.
En nuestra patria el estado y su actual gobierno de derecha sirviendo a las necesidades económicas del sistema capitalista, desenvuelve también esta negación de derechos imputando al magisterio la crisis educativa peruana que es responsabilidad directa de las clases dominantes. Frente a esto se levanta el rechazo del magisterio en defensa de sus derechos conculcadas y por derecho del pueblo a la educación.
     La educación tiene gran importancia hoy día en todos los campos de la sociedad particularmente en lo económico. Un pueblo sin educación no tiene perspectiva en ningún campo de a sociedad.  Que es lo que  se busca al negar la educación a los pueblos del mundo?  Mantener la opresión y explotación. Que es lo que buscamos? Educar al pueblo y que luche por transformar la sociedad, solo el cambio se estructura cambiara la sociedad y beneficiara al pueblo también en la educación, en la actualidad corresponde luchar por el derecho a la educación para el pueblo en el mundo.
    La educación en el país de encuentra en crisis, por más que lo nieguen, una prueba son los bajísimos rendimiento en comprensión lectora y en razonamiento matemático. La crisis de la educación en el Perú atenta contra el pueblo y sus derechos. La educación se elitiza cada vez más para un puñado de privilegiados. Sin un pueblo educado. De qué desarrollo de la economía se habla?
El magisterio sufre una permanente y agravada postergación que es reflejo de la sociedad y el sistema económico. Con las actuales leyes 29944 y 29988 el estado busca despedir masivamente maestros barriendo la estabilidad laboral, imponer su mal llamada meritocracia burguesa enfrentando maestro contra maestros y garantizar cabalmente los planes imperialistas de privatización.
     En los estudiantes, la responsabilidad social y estatal con ellos está ausente y la perspectiva es que desatienda más por el neoliberalismo. El estado no garantiza la perspectiva educacional de la sociedad peruana en especial de los hijos del pueblo.  La  posición  que debemos optar  es  luchar por una educación nacional contraria a una educación promperialista, una educación científica contraria al idealismo y la metafísica, una educación democrática contraria a la elitizacion que margina a los hijos del pueblo.
     La nefasta Ley de Reforma Magisterial 29944 es parte fundamental de los planes    del estado en la defensa y desarrollo del sistema capitalista y es continuación de la aplicación del neoliberalismo en la educación que niega principalmente el derecho a la estabilidad laboral y barre otros derechos de los derechos de los trabajadores en la educación partiendo de levantar su llamada “meritocracia” que fomenta abiertamente el arribismo y la competencia en el magisterio. Tras las llamadas evaluaciones de desempeño laboral, se niega la estabilidad laboral, derecho fundamental del pueblo conquistado en muchas jornadas de lucha, llegando a sacar de la carrera magisterial a los maestros que no aprueben las evaluaciones. Así el estado tiene las manos libres para expulsar profesores de la educación pública.
     En la estructura de la carrera tiene 8 escalas durante 30 años, propiciando la división y las menores remuneraciones para la inmensa mayoría, ya que a las escalas altas solo llegaran un puñado de burócratas. Se niego el derecho de pago por preparación de clases y otras conquistas ganadas, planteando  una “remuneración integra mensual”. Más  aun, se baja de nivel a la gran  mayoría de maestros que se rigen por la Ley del Profesorado, y se aumenta de escala a los que e rigen por la CPM, enfrentado maestros contra  maestros, desconociendo y reduciendo derechos de bonificación y gratificación, por preparación de clases, por cumplir 20,25, y 30 años de servicio, por sepelio y luto, se anulan licencias reconocidas en la Ley del profesorado  24029.Todos estos pasos implican una vulneración y negación de derechos adquiridos por el empobrecido magisterio peruano para lograr una explotación y opresión en función del proceso de desarrollo capitalista.
Impuesta ya estas  nefastas leyes, los maestros estamos demandando su inconstitucionalidad ante el Tribunal  Constitucional con miles de firmas que ya han sido validadas.
    Debemos persistir  en esta demanda movilizándonos para exigir la derogatoria de estas leyes anti magisteriales, prepararnos en todos los planos y desenvolver una lucha unitaria en defensa y ampliación de los derechos conquistados en memorables jornadas de lucha del magisterio peruano.
En cuanto a las tareas proponemos una Plataforma mínima que permita unir a la gran mayoría del magisterio peruano y su sindicato  clasista. El glorioso SUTEP.
1.- Pleno derecho a la estabilidad laboral en contra de la nefasta Ley 29944 y la ley 29988 leyes del despido masivo de los maestros.

2.-Aumento general de sueldos al empobrecido maestro peruano. Sueldo de 4 mil soles. Pago del 30% por prepara ración de clases y otros beneficios conculcados.

domingo, 13 de octubre de 2013

V REUNIÓN DE DEMANDANTES



DIA                : SABADO 19 DE OCTUBRE DE 2013
HORA            : 10.30 AM
LOCAL           : AUDITORIO DEL BOULEVAR QUILCA
DIRECCIÓN    : JR. QUILCA Nº 263 CERCADO DE LIMA,   
                        (Media cuadra de la Plaza San Martin).

El Departamento legal de Maestros ha sido claro y oportuno en su momento, en señalar que mediante la Ley 29944 Ley de Reforma Magisterial norma legal AUTOAPLICATIVA se establecía el cambio inmediato y automático de un régimen laboral flexible diferente al que corresponde a los profesores de la Ley Nº 24029 Ley del Profesorado que se rige por la estabilidad laboral absoluta; quebrado la estabilidad de los maestros con la Ley 29944 se establece un proceso de evaluación en un plazo máximo de hasta 3 años (pudiendo ser en 1 o 2 años) y al cual está sujeto el maestro incluso para ser despedido y no poder ingresar a la carrera docente y a la Administración de educación, declarando la muerte laboral, pedagógica y civil de maestros. Conexa con este propósito y con mayor reaccionarización luego promulgan la Ley 29988 con el objeto de aplicar la persecución a los maestros, en esa línea seguirán saliendo otras normas legales conexas, de tal modo que nadie pueda oponerse a la aplicación de estas leyes.

Para este propósito malévolo previamente despojan de su plaza a los maestros y los transitan a la condición de simples “POSTULANTES”, y en esa condición postular mediante una evaluación incluso a la plaza que anteriormente era titular nombrado con Resolución y habiendo cumplido con todos los requisitos establecidos por el Estado. Como hecho concreto tenemos el caso actual de los Directores y Sub Directores y vemos que para una plaza determinada se presentan varios postulantes y por “orden de méritos” solo uno seguirá en carrera  relativamente en esa plaza, pero repárese que sostenemos relativamente en carrera, y esto es porque  como el proceso de evaluación tiene carácter permanente, solo están en la plaza hasta la próxima evaluación y llegado esa fecha, nuevamente “su plaza” será colgado en la web para la nueva postulación y así sucesivamente hasta el desafuero de muchos miles de maestros. Este es el plan neoliberal de reducción del aparato estatal, de la planilla estatal y despidos de maestros. Lo dijimos en su momento y no nos equivocamos porque concebimos que la trampa de la Ley es el cambio automático y perjudicial del régimen laboral y hoy hasta magistrados del Tribunal Constitucional así lo determinan. Con este petitorio principal presentamos las acciones de amparo a nivel nacional que agotado la vía nacional, están próximos a ser enviados al Fuero Supranacional (CIDH) con una correcta fundamentación de hecho y derecho. El Departamento Legal de Maestros está preparando esta fundamentación.

El régimen laboral implantado por esta nueva ley Nº 29944 se ha  incorporado a manu militari a todos los docentes, incluso a los que tenían  estabilidad laboral absoluta,  de lo cual se constata que la ley efectivamente es autoaplicativa. Debe apreciarse adicionalmente que la ley ha confiscado el 30% de preparación de clases que cada maestro tenía desde que entró en vigencia, de lo que se sigue también en este extremo es autoaplicativa.


Hoy, esta inconstitucional Ley viene vulnerando y agrediendo con gran ferocidad a los maestros, como es el caso de  maestros despedidos mediante la modalidad de “cese por haber cumplido 65 años”;  también tenemos el despido inminente de  Directores y Sub Directores con la modalidad de “evaluaciones”, proceso al que son sometidos todos compulsivamente, porque si no participan de estas evaluaciones, merecerán la sanción de destitución por no someterse a la evaluación, es decir,  están entre la elección de la silla eléctrica o la cámara de gas. Incluso, ya están vetados y prácticamente declarados en muerte laboral y civil todos los maestros que tiene procesos abiertos y/o terminados sean estas administrativos y penales, y como sabemos nadie puede ser sancionado y es inocente mientras no exista sentencia firme y de última instancia del fuero jurisdiccional que señale lo contrario. Lo que configura discriminación de lesa humanidad.

En conclusión: con fines neoliberales se implementa un genocidio laboral, mucho más feroz que el que se perpetró en la década de los noventas donde se despidieron masivamente a más de trescientos mil servidores públicos y para este propósito se criminaliza toda lucha de los trabajadores y el pueblo que se oponga a estos repudiables fines. En tanto corresponde a los maestros dar una respuesta a la altura de estas circunstancias.

Para informar ampliamente sobre la lucha legal planteada por los maestros, convocamos, a esta reunión a todos los demandantes y en el cual pueden participar maestros que no tienen demandas incluso.

Lima, octubre de 2013

                                      Soporte Jurídico y técnico
Departamento Legal de Maestros

REQUISITOS DE LA ACCIÓN DE AMPARO

Como todos los meses nos confiscan nuestros derechos remunerativos como el 30%, ref. y mov. etc. cada 60 días se renueva el plazo para interponer acciones de amparo, es decir NO EXISTE CADUCIDAD (Art. 44, inc. 3 del Código Procesal Constitucional). Por tanto, invocamos a directores, subdirectores, docentes, auxiliares, etc. a hacer sus acciones de amparo cuyos requisitos son:

1. Copia simple del DNI vigente y legible. 
2. Copia simple de la Resolución de Nombramiento con la Ley N° 24029 - Ley del Profesorado.
3. Copia simple del Talón de Cheque de noviembre o diciembre 2012, donde figure elAntiguo Régimen Laboral.
4. Copia simple del Talón de Cheque de agosto o septiembre 2013, donde figure elActual Régimen Laboral.
        ·LUGAR           : Jr. Carabaya 940 Oficina 408 (A media cuadra de                                    la Plaza San Martín - Cercado de Lima).
·TELÉFONOS   : 4275745 – 997701303
·EMAIL            :  d.defensorialegalmaestroperu@gmail.com
                    
                                 Departamento Legal de Maestros del Perú.


LOS HECHOS PRUEBAN QUE NO SE ASUME LA EXPULSION JURÍDICA DE LA LEY N° 29944, 29988 Y CONEXOS LEY DE REFORMA MAGISTERIAL.

“Por la Reorientación y Reconstitución Clasista del SUTEP hasta el CEN”

 Sólo a los maestros y al pueblo les interesa defender consecuentemente el derecho de una educación pública y gratuita para los de abajo, para ello previamente se asume una posición de clase definida y sin ambages; por ello los maestro convocados por el Conare Sutep, planteamos demanda de inconstitucionalidad por la forma y por el fondo con el Expediente N° 0017-2013-PI/TC el mismo que fue observado por el T.C. por acreditación del apoderado único y precisión de disposiciones  impugnados (planteamientos que figuran en la demanda, pero que volvemos a precisarlos con mayor claridad dejando por subsanado el asunto). Así, pretendemos la expulsión de la esfera jurídica de las leyes Nos 29944, 29988 y conexos, en la vía nacional y supranacional.
En este sentido,   Este  viernes 11 de Octubre del presente en la ciudad de Arequipa, está programado la defensa oral de  dos demandas  de inconstitucionalidad contra la aludida Ley, una de ellas de Colegio de Profesores que va sólo contra un artículo y con lo cual está claro que servirá para legalizar y dejar firme la inconstitucional Ley, no nos debe sorprender su objetivo.
La otra es la de los congresistas representado por el Dr. Yonhy Lescano, y según propia declaración del mismo Congresista va contra toda la Ley N° 29944, lo que da a entender que está planteado por la forma y por el fondo, es decir, se asume por la expulsión de toda la ley del ordenamiento jurídico.
Sin embargo, con fecha jueves 03 de Octubre 2013 se registra en el Congreso el Proyecto de Ley N° 2745/2013-CR, el mismo que está encabezado por el Congresista Lescano y versa sobre una modificación de la Ley 29944 Ley de Reforma Magisterial sobre los trabajadores auxiliares de educación. Analizando esta actitud, fluyen las siguientes interrogantes

¿Estamos o no por la expulsión del ordenamiento jurídico de la nefasta Ley 29944?

 ¿Se pretende en el fondo la expulsión del ordenamiento jurídico o estamos por la modificatoria? Si se pide la expulsión jurídica por inconstitucional

¿Cómo puede fijarse en una modificatoria de la ley que es inconstitucional?

Creemos que aquí las cosas deben estar bien claras, y no nos debemos llevar por cantos de sirenas, en realidad por los dos actos se demuestra incoherencia en los planteamientos, y debe definirse si estamos por la expulsión definitiva y por su modificatoria de la Ley 29944 y conexos.

Las cosas  están claras que en ambas demandas de inconstitucionalidad materia del próximo informe oral, no franquean por una expulsión definitiva de la Ley, sino apuestan por  MODIFICATORIA, es decir, van por la forma y no por modo y forma. Una total contradicción,  por lo que prevenimos oportunamente, para evitar grandes desilusiones. Los Congresistas de Acción Popular y Frente Amplio deberían dar explicaciones al respeto.

De nuestra parte, los maestros nos reafirmamos en la demanda de inconstitucionalidad por la forma y por el fondo contra las ilegales leyes Nos 29944, 29988 y demás normas legales conexos, pretendiendo su expulsión del ordenamiento jurídico y de ese objetivo nadie nos cambiará.

Lima, 07 de Octubre del 2013.

                                                                         COMITÉ EJECUTIVO


jueves, 3 de octubre de 2013



“Formar un frente único es tener una actitud solidaria ante un problema concreto, ante una necesidad urgente”    
                                                           José Carlos Mariátegui



Ate Vitarte,02 de Octubre del 2013

OFICIO MÚLTIPLE Nº008-2013– CES. SUTE IX SECTOR


Secretario General del SUTE Base:     …………………………...........………………….

Presente.

Asunto:  Convocatoria a la Convención  del Sute  IX  Sector

De mi especial consideración.

Reciba Ud. el saludo clasista y combativo del Comité Ejecutivo Sectorial del Sute IX Sector y a la vez aprovechamos la oportunidad para manifestarle lo siguiente:
Invitamos a la CONVENCION SECTORIAL DEL SUTE IX SECTOR,  a realizarse el día Jueves 10 de Octubre del pte., a horas 7.00  pm. Primera citación, Segunda  a las 7 .30 p.m. en el Auditórium de la I.E. INEI – 46
Le hacemos de conocimiento la proporción de delegados según el estatuto de nuestro sindicato:
De 01 a 20 afiliados: 1 delegado
De 21 a  30 afiliados: 2  delegados
De 31 a  49 afiliados: 3 delegados
De 50 a  más afiliados: 4  delegados            

Agenda:
1.- Informes  generales.
2.-Situacion magisterial nacional
3.-Eleccion del Comité Electoral
4.- Otros.
Esperando su comprometida acción en beneficio del magisterio, reiteramos las muestras de nuestra especial consideración.



Atentamente.

                                                  comité ejecutivo del sute ix sector